Resolución Nº 1156/GCABA/MHGC.../17
Firmantes | Bou Pérez - Mura |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA<br/>MINISTERIO DE SALUD |
VISTO:
La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto reglamentario N°
308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N°
6231446/2017 (DGAYDRH), y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A.
Fernández", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 191/HGAJAF/2017,
designó con carácter interino a la Dra. Laura Cohen Arazi, D.N.I. 25.640.667, CUIL.
27-25640667-0, legajo personal 398.898, como Médica de Planta Asistente (Pediatría),
con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de
profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto
N° 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y Resolución N°
375/SSySHyF/2006 y modificatorias, retiene sin percepción de haberes el cargo de
Especialista en la Guardia Médico Asistente (Pediatría), titular, con 30 horas
semanales, del citado Hospital;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda,
ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la
cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley
N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), ha efectuado las observaciones
pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que
fueran necesarias para incorporar a la misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los
términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA
RESUELVEN
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