Resolución Nº 115/GCABA/SSGAE /15
Firmantes | Mura |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SubsecretarÍA de GestiÓN y AdministraciÓN EconÓMica |
Fecha de la disposición | 17 de Abril de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 5239 promulgada por el Decreto N° 531-GCABA-2014, la distribución
analítica aprobada por Decreto N° 3-GCABA-15, el Decreto N° 4-GCABA-15, los
Expedientes Electrónicos N° 4.827.987-15 y 6.159.923-15;
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente Electrónico N° 6.159.923-15 citado en el Visto distintas
Jurisdicciones propician una modificación crediticia al Presupuesto vigente;
Que, entre las compensaciones a realizar se encuentran las gestionadas por el
Ministerio de Salud propicia la incorporación al presupuesto vigente del "Saldo
Ejercicio Anterior INCUCAI", para solventar gastos de Obra 65 "Hospital Santa Lucía
Reestructuración Integral", la Jefatura de Gobierno tramita un incremento
presupuestario en diversas partidas 1.3 a fin de dar reflejo al pago de URSE, el
Ministerio de Cultura solicita un refuerzo crediticio en la partida 3.3.1 "Mantenimiento y
a :)
Reparaciones de Edificios y Locales" programa 57 "Nuevas Tendencias" que ejecuta el
Centro Cultural Gral. San Martín, así como aquellas otras readecuaciones crediticias
que son imprescindibles para el normal desarrollo de las actividades del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, con fecha 06/04/2015 se aprobó la Resolución N° 88/SSGAE/2015 con el fin de
dar respuesta inmediata a necesidades crediticias;
Que, el Anexo I de la mencionada Resolución, debe ser reemplazado por haberse
producido un error involuntario;
Que, se incorpora un nuevo Anexo I (IF-2015-06458224-DGOGPP) con los
requerimientos que coinciden con la "Planilla Anexa-al Expediente" (IF-2015-
04988247-DGOGPP) del Expediente Electrónico N° 4.827.987-15;
Que, en consecuencia debe propiciarse la regularización de dichos acto
administrativos, resultando de aplicación al presente caso el art. 18° de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual prevé
la revocación, modificación o sustitución del acto administrativo por razones de
oportunidad, mérito o conveniencia.
Que, en virtud de todo lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones crediticias
que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del
del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el ejercicio 2015, aprobadas por...
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