Resolución N° 1140/ERSP/17

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 1140/ERSP/17
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2017
VISTO:
El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la
Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de
Higiene Urbana Nº 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y
Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria
Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 680 del 30 de noviembre de 2017, el Expediente
Nº 4482/EURSPCABA/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente Nº 4482/EURSPCABA/2016 se inicia a raíz de un plan de control,
en la denominada zona 6 a cargo de la empresa Ashira SA - Martin y Martin SA UTE;
Que, no genera dudas la calificación como servicio público y la inclusión entre las
prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de Reparación de Cestos
Papeleros, conforme Título Tercero, Anexo IV Prestaciones complementarias, Punto 9,
Omisión de levantamiento de Residuos Domiciliarios, conforme Título Tercero, Anexo
II Servicio de recolección, Punto 4 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene
Urbana Nº 997/2013;
Que, a fs. 3 y 6 del Expediente 4482/EURSPCABA/2016 obran planilla de fiscalización
y la notificación vía correo electrónico. Cumplido el plazo A fs.7 obra el Acta de
Fiscalización Nº 163802/ERSP/2016, del día 01/06/2016, la cual expresa que en la
calle Curapaligue 1614 se detectó la falta de reparación de cesto papelero con
etiqueta Nº 98915;
Que, a fs. 8. obra el Acta de Fiscalización Nº 163803/ERSP/2016, del día 01/06/2016,
la cual expresa que en la calle Curapaligue 1685 se detectó la falta de reparación de
cesto papelero con etiqueta Nº 98916;
Que, a fs. 9. obra el Acta de Fiscalización Nº 163804/ERSP/2016, del día 01/06/2016,
la cual expresa que en la calle Curapaligue 1723 se detectó la falta de reparación de
cesto papelero con etiqueta Nº 98917;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5430 - 07/08/2018

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