Resolución N° 113/SAGYP/21

EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición20 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 113/SAGyP/21
Buenos Aires, 09 de abril de 2021
VISTO: El TEA A-01-00003236-7/2020 caratulado “D.G.C.C. s/ Adquisición de
Carpetas y Carátulas”; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución SAGyP Nº 159/2020 se aprobó el procedimiento llevado a cabo
en el marco de la Licitación Pública N° 4/2020 que tiene por objeto la adquisición de
carpetas y carátulas, en la forma, características y demás condiciones descriptas en el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución
SAGyP N° 29/2020 y se adjudicó a Visapel S.A. por la suma total de pesos tres
millones setecientos cincuenta y dos mil ($ 3.752.000,00) IVA incluido, de acuerdo a la
oferta obrante en el Adjunto 55462/20 y según el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares de la contratación de marras (v. Adjunto 82583/20).
Que la citada contratación se formalizó mediante Orden de Compra Nº 1442 (v.
Adjunto 83350/20).
Que como garantía de adjudicación, Visapel S.A. presentó la Póliza de Seguro de
Caución N° 811322.7 por un monto de pesos trescientos setenta y cinco mil
doscientos ($375.200,00) emitida por La Holando Sudamericana Compañía de
Seguros S.A. (v. Adjunto 87016/20).
Que mediante Memo 17232/20, la Dirección General de Programación y
Administración Contable informó que la contratación de autos se encuentra cancelada
según consta en la Carpeta de Tramitación de Pago EYL N° 432-1120 (v. Adjunto
99775/20).
Que la Oficina de Recepción y Custodia informó que la firma Visapel S.A. cumplió en
tiempo y forma con la provisión de las carpetas y carátulas y, en consecuencia, prestó
conformidad para la devolución de la póliza de adjudicación presentada
oportunamente (v. Adjunto 24103/21).
Que entonces la Dirección General de Compras y Contrataciones impulsó el trámite de
devolución de la precitada garantía y manifestó que no se registran reclamos
pendientes de solución (v. Memo N° 4553/21 y Notas 1173/21 y 1174/21).
Que entonces, esta Secretaría de Administración General y Presupuesto confeccionó
un Proyecto de Resolución SAGyP y lo remitió a la Dirección General de Asuntos
Jurídicos para que se expidiera al respecto (v. Adjunto 24723/21 y Memo N° 4604/21).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y
emitió el Dictamen DGAJ N° 10132/2021. Allí, previa reseña de lo actuado y citar la
normativa aplicable, destacó que “de lo expuesto, surge que se han cumplido con
todos los requisitos previstos en la Resolución CM N° 231/2015, siendo procedente la
devolución de la garantía de adjudicación a la contratista”, manifestó que “respecto al
proyecto de Resolución que obra en adjunto 24.723/21, desde el punto de vista
jurídico formal, el mismo resulta apto” y concluyó: “Por todas las consideraciones
precedentemente expuestas, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en las
presentes actuaciones, lo expresado por la Dirección General de Programación y
Administración Contable, la conformidad prestada por el área técnica y lo manifestado
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6104 - 20/04/2021

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