Resolución Nº 112/GCABA/APRA/15
Firmantes | Villalonga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 16 de Marzo de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 2.628, Decreto 67/2010, Resoluciónes N° 51/MHGC/2010,
N°59/MHGC/2015, N° 74/MHGC/2015, Resolución Conjunta N° 10/SECLyT/13y N°
3/SECYT/2015 y las Disposiciónes N° 9/DGCG/2010, N°183/DGCG/13 y N°
36/DGCG/2015 y el E.E N° 1645988-MGEYA-APRA/15.
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita la rendición de los gastos efectuados en
concepto de Caja Chica Común N° 1/APRA/2015 en observancia de las instrucciones
legales establecidas en la Disposición N°9/DGCG/10;
Que las erogaciones del motivo se corresponden con gastos menores y urgente
derivados del normal funcionamiento de dicha Unidad de Organización;
Que el gasto en cuestión asciende a la suma de ($17.298,07), tal como surge de los
comprobantes que seacompañan;
Que los responsables de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común son
los señores: Sr. Juan Carlos Villalonga, la Sra. Laura Campora y el Lic. Sr. Sergio
Recio de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 76/APRA/2015;
Que, la presente se efectúa en el marco de lo reglamentado en el Decreto N°
67/GCBA/2010, las Resoluciones N° 51/MHGC/2010 y N° 59/MHGC/2015; Resolución
Conjunta N° 10/SECLyT/2013 y N° 3/SECLyT/2015; las Disposiciones N°
9/DGCG/2010 y N° 183/DGCG/2013;
Que, mediante la Ley N° 2.628 se ha creado la Agencia de Protección Ambiental de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuyo Capítulo III establece el marco general al
cual debe ajustarse la Agencia de Protección Ambiental en su gestión financiera,
patrimonial y contable;
Que, la Unidad de Coordinación de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal, ha tomado la intervención que le compete;
Que, mediante los Informes Anexo Firma Conjunta N° 4178768y N° 4178813-APRA-
2015 se aprueba el Anexo III correspondiente a la Resolución Conjunta N°
10/SECLyT/2013y N° 3/SECLyT/2015;
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el Decreto N° 509/2013;
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