Resolución Nº 112/GCABA/APRA/15

FirmantesVillalonga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de protección ambiental
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2015

VISTO:

La Ley N° 2.628, Decreto 67/2010, Resoluciónes N° 51/MHGC/2010,

N°59/MHGC/2015, N° 74/MHGC/2015, Resolución Conjunta N° 10/SECLyT/13y N°

3/SECYT/2015 y las Disposiciónes N° 9/DGCG/2010, N°183/DGCG/13 y N°

36/DGCG/2015 y el E.E N° 1645988-MGEYA-APRA/15.

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita la rendición de los gastos efectuados en

concepto de Caja Chica Común N° 1/APRA/2015 en observancia de las instrucciones

legales establecidas en la Disposición N°9/DGCG/10;

Que las erogaciones del motivo se corresponden con gastos menores y urgente

derivados del normal funcionamiento de dicha Unidad de Organización;

Que el gasto en cuestión asciende a la suma de ($17.298,07), tal como surge de los

comprobantes que seacompañan;

Que los responsables de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común son

los señores: Sr. Juan Carlos Villalonga, la Sra. Laura Campora y el Lic. Sr. Sergio

Recio de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 76/APRA/2015;

Que, la presente se efectúa en el marco de lo reglamentado en el Decreto N°

67/GCBA/2010, las Resoluciones N° 51/MHGC/2010 y N° 59/MHGC/2015; Resolución

Conjunta N° 10/SECLyT/2013 y N° 3/SECLyT/2015; las Disposiciones N°

9/DGCG/2010 y N° 183/DGCG/2013;

Que, mediante la Ley N° 2.628 se ha creado la Agencia de Protección Ambiental de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuyo Capítulo III establece el marco general al

cual debe ajustarse la Agencia de Protección Ambiental en su gestión financiera,

patrimonial y contable;

Que, la Unidad de Coordinación de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección

General Técnica Administrativa y Legal, ha tomado la intervención que le compete;

Que, mediante los Informes Anexo Firma Conjunta N° 4178768y N° 4178813-APRA-

2015 se aprueba el Anexo III correspondiente a la Resolución Conjunta N°

10/SECLyT/2013y N° 3/SECLyT/2015;

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el Decreto N° 509/2013;

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