Resolución N° 111/MJGGC/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 111/MJGGC/19
Buenos Aires, 26 de febrero de 2019
VISTO:
El Decreto Nº 3/19, el Expediente N° 6.912.876-GCABA-DGTALMJG/19, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Nº 3/19 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y
Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2019;
Que, las mencionadas normas prevén, en su Anexo, Capítulo II, "Partidas Limitativas e
Indicativas", Artículo Nº 5, que las Oficinas de Gestión Sectorial deben regularizar los
saldos deficitarios producidos dentro de cada trimestre, como mínimo una vez por
mes, de acuerdo con las atribuciones asignadas en el Capítulo XI "Niveles de
Aprobación de las Modificaciones";
Que, en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las
acciones tendientes a dar curso a lo oportunamente normado.
Por ello, en uso de las atribuciones asignadas por el Decreto Nº 3/19,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase la compensación presupuestaria, consistente en la
regularización de saldos deficitarios de distintas partidas, de acuerdo al Comprobante
de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que, a todos sus efectos
como IF-2019-06943086-GCABA-DGTALMJG forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, y gírese a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido archívese. Miguel
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5571 - 06/03/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR