Resolución N° 110 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 160
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 17 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto N° 728
Córdoba, 30 de mayo de 2017.-
VISTO: La necesidad de integrar el Directorio de “Terminal de Ómnibus de
Córdoba S.E.” TOCSE.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5° del Estatuto de la Sociedad del Estado, aprobado
por Ley N° 10142, establece que su órgano de conducción se integra con
Directores designados por este Poder Ejecutivo, ejerciendo uno de ellos la
Presidencia, y entre sus integrantes asumirán las funciones de administra-
ción, y las tareas operativas y comercial, respectivamente.
Que en vir tud de la renuncia de su anterior titular, corresponde en esta
instancia designar un funcionario en el Directorio que ejerza las funciones
de Presidente y las tareas inherentes a la faz comercial de la empresa.
Que el señor Alfredo Luis Lalicata reúne los requisitos de capacidad
e idoneidad para el ejercicio de dicho cargo, como así también los requeri-
mientos legales y estatutarios establecidos a tal n.
Por ello; la norma legal citada, y en uso de las atribuciones conferidos
en el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°. DESIGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al
señor Alfredo Luis LALICATA (D.N.I. N° 17.625.584), en el cargo de Director
de la empresa “Terminal de Ómnibus de Córdoba Sociedad del Estado”
TOCSE, quien ejercerá las funciones de Presidente del Directorio y las
correspondientes a la faz comercial de la Sociedad.
Artículo 2°.- INSTRÚYESE al representante de la Provincia de Córdo-
ba ante las asambleas ordinarias y extraordinarias de la citada sociedad, a
n que instrumente los mecanismos legales estatutarios necesarios para
el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLICESE comuníquese, dese a Terminal de
Ómnibus de Córdoba Sociedad del Estado” - TOCSE a sus efectos, publí-
quese en el Boletín Ocial y archívese.FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNA-
DOR / DR. ING. FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS
PÚBLICOS / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 110
Córdoba, 04 de mayo de 2017
Expediente Nº 0045-016437/2013/A32.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad, pro-
picia por Resolución Nº 00914/2016, la aprobación del Acta Acuerdo de
Adecuación de Contrato por Cambio de Fuente de Información y del Acta
Acuerdo de Redeterminación de Precio N° 6 por Reconocimiento de la
Séptima, Octava, Novena y Décima Variación de Costos correspondiente
a los meses de noviembre de 2015, enero, marzo y mayo de 2016, por
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “REHABILITACIÓN RUTA PRO-
VINCIAL A-102 – CAMINO A 60 CUADRAS – DEPARTAMENTO CAPITAL”,
suscriptas el día 27 de octubre de 2016, entre el Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad y los Representantes de la Empresa CONSTRUC-
TORES ASOCIADOS S.A. – ARC S.R.L (UTE), contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las pre-
visiones del Decreto Nº 1231/10, modicatorio de su similar N° 1133/2010,
y lo establecido en el Artículo 8° del Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 842/2013 se adjudicó la obra principal a la
empresa referenciada, suscribiéndose el día 23 de septiembre de 2013
el contrato correspondiente, mientras que por Decretos Nros. 850/2014,
958/2014, 1257/2014, 422/2015 y Resolución Ministerial N° 426/2016 se
aprobaron las Actas Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconoci-
miento de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Variación
de Costos correspondientes a los meses de setiembre de 2013, enero,
marzo, mayo, octubre de 2014 y mayo de 2015, respectivamente.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista fun-
damentando su petición.
Que se ha incorporado en estas actuaciones el Acta Acuerdo de Ade-
cuación de Contrato por Cambio de Fuente de Información para realizar
la Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos
de la obra de que se trata, suscripta el día 27 de octubre de 2016, entre
Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad y los Representantes de la
Empresa CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. – ARC S.R.L (UTE), me-
diante la cual se acuerda el nuevo índice de conformidad a lo establecido
por Resolución Ministerial Nº 223/2016.
Que el Depar tamento II - Gestión Económica de Obras de la Dirección
Provincial de Vialidad informa que se ha producido una variación en el pre-
cio de la obra del 7,65% al mes de noviembre de 2015 (séptima variación)
en relación a la redeterminación anterior (mayo/2015), representando un
incremento sobre el precio del contrato de $ 621.791,85; una variación del
7,86% al mes de enero de 2016 (octava variación) en relación a la redeter-
minación anterior (noviembre/2015), representando un incremento sobre
el precio del contrato de $ 682.945,31;una variación del 8,10% al mes de
marzo de 2016 (novena variación) en relación a la redeterminación anterior
( enero de 2016), representando un incremento sobre el precio del contrato
de $ 753.467,20 y una variación del 7,34% al mes de mayo de 2016 (décima
variación) en relación a la redeterminación anterior (marzo/2016), repre-
sentando un incremente sobre el precio de contrato de $ 732.615,77 lo
que hace un total de $ 2.790.820,13, importe resultante de aplicar al monto
contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de Utilidad Invariable, los
incrementos citados, ascendiendo el nuevo presupuesto de la obra al mes
de mayo de 2016, a la suma de $ 87.252.095,85.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cual-
quier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al Decreto N°
1231/2010, modicatorio de su similar N° 1133/2010.
Que en consecuencia, vericada la existencia de los supuestos que
tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección
Provincial de Vialidad ha considerado conveniente la redeterminación del

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