Resolución Nº 11/GCABA/SSPDD/16

FirmantesSirito
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA PrevenciÓN del Delito
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2016

VISTO:

La Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la Ley 4013 de Ministerios, los Decretos N°

281/GCABA/10 y N° 660/11 y la Resolución N° 495-MMGC-2012 y;

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 38 de la Ley N° 471 se regula la jornada de trabajo del Personal de

la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Ley 4013 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

estableció la actual organización de ministerios del gobierno;

Que por Decreto 660/11 se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del

Poder Ejecutivo y la estructura organizativa de esta Subsecretaria como así también

su misión y funciones;

Que por su parte el Decreto N° 281/GCABA/10 instruyó a la ex Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaría de Modernización de la

Gestión Pública, a elaborar en forma conjunta, el Régimen General y Unico de

Registro de Asistencia del Personal comprendido en el artículo 4° del Capítulo II de la

Ley N° 471, designados para cumplir funciones en la Administración Pública del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo,

inclusive entes jurídicamente descentralizados, sociedades estatales y el personal

dependiente de las comunas;

Que mediante la Resolución N° 495-MMGC-2012, el Ministerio de Modernización

elaboró un reglamento que detalla las obligaciones de los agentes y de los

responsables del control, de acuerdo a un procedimiento por el cual controla la

asistencia del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al cual

se ajustan todos los organismos mencionados en el Decreto N° 281/GCABA/10;

Que el artículo 6° del Anexo I de la Resolución N° 495-MMGC-2012, faculta a eximir

del Registro de Asistencia, al agente que desempeña habitualmente tareas fuera de la

oficina de la repartición mediante escrito y de manera fundada por el funcionario de

jerarquía no inferior a Director General;

Que el mismo artículo señalado en el párrafo precedente indica que la eximición así

dispuesta deberá ser informada a la Gerencia Operativa Auditoría y...

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