Resolución Nº 11/GCABA/SSPDD/16
Firmantes | Sirito |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SubsecretarÍA PrevenciÓN del Delito |
Fecha de la disposición | 31 de Marzo de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la Ley 4013 de Ministerios, los Decretos N°
281/GCABA/10 y N° 660/11 y la Resolución N° 495-MMGC-2012 y;
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 38 de la Ley N° 471 se regula la jornada de trabajo del Personal de
la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Ley 4013 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
estableció la actual organización de ministerios del gobierno;
Que por Decreto 660/11 se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del
Poder Ejecutivo y la estructura organizativa de esta Subsecretaria como así también
su misión y funciones;
Que por su parte el Decreto N° 281/GCABA/10 instruyó a la ex Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaría de Modernización de la
Gestión Pública, a elaborar en forma conjunta, el Régimen General y Unico de
Registro de Asistencia del Personal comprendido en el artículo 4° del Capítulo II de la
Ley N° 471, designados para cumplir funciones en la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo,
inclusive entes jurídicamente descentralizados, sociedades estatales y el personal
dependiente de las comunas;
Que mediante la Resolución N° 495-MMGC-2012, el Ministerio de Modernización
elaboró un reglamento que detalla las obligaciones de los agentes y de los
responsables del control, de acuerdo a un procedimiento por el cual controla la
asistencia del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al cual
se ajustan todos los organismos mencionados en el Decreto N° 281/GCABA/10;
Que el artículo 6° del Anexo I de la Resolución N° 495-MMGC-2012, faculta a eximir
del Registro de Asistencia, al agente que desempeña habitualmente tareas fuera de la
oficina de la repartición mediante escrito y de manera fundada por el funcionario de
jerarquía no inferior a Director General;
Que el mismo artículo señalado en el párrafo precedente indica que la eximición así
dispuesta deberá ser informada a la Gerencia Operativa Auditoría y...
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