Resolución N° 11-ASINF/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición29 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos A ires
RESOLUCIÓN N.° 11/ASINF/18
Buenos Aires, 25 de enero de 2018
VISTO:
El Decreto Nº 1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N° 5666), la Resolución N°
144/ASINF/16, el Expediente Electrónico Nº 16782420-MGEYA-ASINF-2016, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución N° 144/ASINF/2016, se aprobó la Licitación Pública N° 8056-
0790-LPU16 adjudicándose el Renglón N° 1 a la empresa CABLEVISION S.A. para la
"Adquisición de un servicio de aumento de los puntos de acceso al servicio de BA WIFI
brindado por el GCBA".
Que en este sentido mediante Informe N° 03494713-ASINF-2018 obrante bajo Orden
N° 148, el Gerente Operativo de Compras y Contrataciones de esta Agencia de
Sistemas de Información solicitó rectificar la Resolución mencionada ut-supra;
Que al respecto, informó que en virtud de los antecedentes reseñados mediante Nota
N° 02619883-ASINF-2018 obrante bajo Orden N° 146, se solicitó la intervención de la
Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de
Hacienda a los fines de modificar la fecha de vencimiento de la Orden de compra
8056-7371-OC16 con fecha 02/09/2018 por la fecha 02/03/2021, tomando en
consideración que deberá realizarse la imputación presupuestaria hasta el ejercicio
2021;
Que por otra parte, manifestó que la Dirección General de Compras y Contrataciones
mediante Nota N° 03478167-DGCYC-2018 obrante bajo Orden N° 147, accedió al
requerimiento efectuado, solicitando modificar el acto administrativo;
Que por último solicitó, se rectifique parcialmente el Acto Administrativo de
adjudicación de la Licitación Pública N° 8056-0790-LPU16, a fin de imputar
presupuestariamente la mencionada contratación hasta el año 2021;
Que el artículo 124 del Decreto Nº 1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N°
5666) establece que "En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la
sustancia del acto o decisión";Que en consecuencia, corresponde dictar el acto
administrativo que rectifique, los términos del artículo 3º de la Resolución N°
144/ASINF/2016.
Por ello y en uso de la facultades conferidas por el artículo 124 del Decreto Nº
1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N° 5666),
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
RESUELVE
Artículo 1º.- Rectifiquese el artículo 3º de la Resolución N° 144/ASINF/2016, el que
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- La erogación que demanda la
presente gestión será imputada a la respectivas partidas presupuestarias de los
ejercicios 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021".
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5304 - 29/01/2018

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