Resolución Nº 1091/GCABA/MHGC/16

FirmantesMura
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición20 de Abril de 2016

VISTO:

La Ley N° 2095, (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nro. N°

1.145/09, 95/14 y 114/16, la Resolución Conjunta N° 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11,

las Resoluciones Nro. 596-MHGC/11 y 1.160-MHGC/11, las Disposiciones N° 302-

DGCYC/13, 396-DGCYC/14 y 75-DGCYC/16, y el Expediente Electrónico N°

4.712.701-MGEYA-DGCYC/2.016 y,

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la Adquisición

de Materiales de Construcción, Artículos de Ferretería y Plomería, para uso de las

Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con

el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos

Aires Compras (BAC);

Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 del Decreto

reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos

Aires N° 1.145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual

se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y

servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones

establecidas en dicho convenio";

Que asimismo este proceso de selección de co-contratante para la celebración de

Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de

lo dispuesto por la Resolución Conjunta N° 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11;

Que la presente Licitación Pública se ha realizado al amparo de lo establecido en el

artículo 85

de la Ley N° 2095, mediante el sistema electrónico de compras y.

contrataciones para el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

denominado "Buenos Aires Compras (BAC)", cuya reglamentación fue aprobada por el

Decreto N° 1.145/09;

Que por Disposición N° 396-DGCYC/14 la Dirección General de Compras y

Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades

otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2095 aprobó el Pliego Único de

Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios;

Que por Disposición N° 75-DGCYC/16, la Directora General de Compras y

Contrataciones aprobó el

Pliego de Bases y Condiciones Particulares,

Especificaciones Técnicas, designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de

Ofertas y estableció el llamado a Licitación Publica N° 623-0055-LPU16 para el día 22

de Febrero de 2016 a las 16:00 horas, bajo la modalidad de Convenio Marco de

Compras para la Adquisición de Materiales de Construcción, Artículos de Ferretería y

Plomería, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 45 de la Ley N° 2095,

los Decretos N° 95/14 y N° 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta N° 9-

MHGC-MJGGC-SECLYT/11, por un monto estimado de Pesos Cuatro Millones

Quinientos Ochenta y Un Mil Setecientos Setenta y Dos ($ 4.581.772.-);

Que el llamado referido fue publicado en el Boletín Oficial por el término de un (1) día,

en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el

Portal Buenos Aires Compras. Asimismo, se notificó a la Unión Argentina de

Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio;

Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas de fecha 22 de febrero de 2.016,

se recibieron Nueve (9) ofertas de las firmas: LICICOM S.R.L; VIVERO CUCULO

S.R.L.; MEGACER S.R.L; TACSO S.R.L.; LEMME OBRAS CIVILES S.R.L; PABLO

DARIO RODRIGUEZ; MIGUEL TOMÁ S.A; TEXXOR PINTURAS S.R.L y BENEDETTI

S.A.I.C.;

Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la

reglamentación; Que mediante el Dictamen de Preadjudicacion de Ofertas de fecha 1

de abril de 2.016, la Comisión Evaluadora de Ofertas aconsejó desestimar las ofertas

de las firmas: LICICOM S.R.L.: Renglones Nros. 13, 16, 19, 22, 23, 27, 51, 95, 96,

101, 108, 110, 122, 124, 125, 134 y 137) por considerar el precio cotizado no

conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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