Resolución Nº 109/GCABA/APRA/16
Firmantes | Filgueira Risso |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 22 de Marzo de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 2628, las Resoluciones N° 228/APRA/2014, el Informe N°2016-09183570-
DGTALAPRA,, y el Expediente Electrónico N° 8955959-MGEYA-DGTALAPRA-2016 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.628, la Agencia será
administrada por un Presidente, designado por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo establecido en el artículo 8°, inciso b) de la ley ut supra mencionada,
es función de la Presidencia: "organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la
Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los
aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los
recursos humanos";
Que mediante la Resolución N° 228/APRA/2014, se aprobó la Estructura Orgánica
Funcional de esta Agencia de Protección Ambiental como así también las
responsabilidades primarias de las diversas unidades organizativas;
Que entre otros, en dicha Resolución N°228/APRA/2014, se designó interinamente al
Sr. Walter Ariel Martínez como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa de
Sistemas, Infraestructura y Procesos, reteniendo partida presupuestaria;
Que posteriormente, por Notas NO-2016-8883722-DGTALAPRA, la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal solicitó el cese del funcionario mencionado, atento a
razones de orden operativo en conjunción con la implementación del proceso de
reestructuración de tareas que se está llevando a cabo en dicha Gerencia;
Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2628, y
el Decreto N° 37/16;
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
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