Resolución N° 109 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Abril de 2022
EmisorMinisterio de seguridad
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 74
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 8 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pen-
siones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las
cuales se otorgó a los peticionantes el benecio previsional correspondiente.
Que de la situación de revista surge que los interesados no se encuen-
tran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendien-
te en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particu-
lar por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1º.- ACEPTAR en forma denitiva, la renuncia presentada por el
personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el
Anexo I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento
legal, a partir de la fecha que en cada caso se especica, para acogerse
a los benecios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones
emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 302
Córdoba, 6 de abril de 2022
VISTO: Los Expedientes Nros. 0110-135738/2021, DEMS01-
209504050-220, 0110-135759/2021, DEMS01-209442050-720, SAD-
GRE01-191612050-520, 0595-158191/2021 y 0110-135760/2021, del regis-
tro del Ministerio de Educación,
Y CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones obran solicitudes de personal docente, que
se nominan en el Anexo I, en relación a la presentación de la renuncia
condicionada al otorgamiento del benecio previsional.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pen-
siones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las
cuales se otorgó a los peticionantes el benecio previsional correspondiente.
Que de la situación de revista surge que los interesados no se encuen-
tran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendien-
te en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particu-
lar por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1º.- ACEPTAR en forma denitiva, la renuncia presentada por el
personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el
Anexo I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento
legal, a partir de la fecha que en cada caso se especica, para acogerse
a los benecios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones
emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 109
Córdoba, 06 de abril de 2022
VISTO: el Expediente Nº 0531-060514/2021, en el que se tramita la habili-
tación para funcionar como Prestadora Privada de Seguridad de la Empre-
sa “AVILA SEGURIDAD INTEGRAL” – Unipersonal con más de 10 depen-
dientes - y la habilitación de su Director Técnico Responsable.
Y CONSIDERANDO:
Que analizada la documentación obrante en autos, se desprende que se
han cumplimentado los requisitos legales exigidos por los artículos 8, 9 inc.
a), b), c), e) f), g), h) i), 10, 12, 13, 18, 29 inc. a) apartado 1) y concordantes
de la Ley N° 10.571, para la habilitación y designación que se solicita.
Que dichos requisitos guran en el detalle emitido por la Sección Con-
trol de la Dirección de Jurisdicción de Control y Gestión Operativa en Se-
guridad Privada, de esta cartera Ministerial, que obra en autos.
Que mediante Informe N° 006 se expide favorablemente la Dirección
de Jurisdicción de Control y Gestión Operativa en Seguridad Privada, en
cuanto a la habilitación de la rma peticionante, como así también la de-
signación del Director Técnico Responsable de la entidad, y de la que se
anexa a tal efecto, la totalidad de la documentación exigida en los artículos
10, 13 y 18 de la Ley 10.571.
Que luce incorporada Acta de Inspección N° 000704/A realizada a la
mencionada Empresa, donde consta que la misma se encuentra en condi-
ciones de funcionar.
Que a su vez, en el plazo de treinta (30) días hábiles de noticada la
presente resolución, la empresa deberá acreditar el cumplimiento de las

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