Resolución N° 1087/MEFGC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD”
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1087/MEFGC/18
Buenos Aires, 7 de septiembre de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto
reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente
Electrónico N° 19221859/MGEYA-DGAYDRH-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos “Dr. José
María Penna“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 367/HGAP/2018,
designó con carácter interino, a la Dra. Marianela Lujan Geloso, DNI 35.051.433,
CUIL. 27-35051433-9, como Profesional en la Guardia Médico Asistente Adjunto, con
30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de
Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto
Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias,
correspondiéndole percibir el Suplemento por “Área de Urgencia“ (código 051),
cesando en el cargo de Profesional de Guardia Médico Suplente, ambos cargos del
citado Hospital;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta
para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N°
471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas
situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la
misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los
términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMIA Y FINANZAS
RESUELVEN
Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N°
367/HGAP/2018.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital
General de Agudos “Dr. José María Penna“, del Ministerio de Salud, el que deberá
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5455 - 12/09/2018

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