Resolución Nº 1086/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 22.646.326/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Servicios: agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria,
etc." para el inmueble sito en la calle Florida N° 142 Piso 9° - U.F N° 172/173/175/
177/179/181 (unificadas), con una superficie a habilitar de 106,89 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 51 "Catedral al
norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA N° 3831);
Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de
Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las
disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el Distrito C1 del Código de
Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del Informe N° 23287393-DGIUR-2017, considera que desde el
punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para
acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan
impactos relevantes en el Distrito;
Que los usos consignados permitidos en el Distrito C1 en el Cuadro de Usos 5.2.1.a)
del C.P.U: "Servicios Terciarios: Agencias comerciales de empleo, turismo,
inmobiliaria, etc.";
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de
Interpretación Urbanística.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO
RESUELVE
del uso: "Servicios: agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc." para el
inmueble sito en la calle Florida N° 142 Piso 9° - U.F N° 172/173/175/ 177/179/181
(unificadas), con una superficie a habilitar de 106,89 m2, (Ciento seis metros
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