Resolución N° 108/PG/21

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 108/PG/21
Buenos Aires, 9 de abril de 2021
VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
260/PEN/20, 297- PEN/20, 67-PEN/21, 125-PEN/21, 168-PEN/21, 1/20, 8/20, 12/20,
15/20, 17/20, 2/21, 5/21 y 7/21, Decreto N° 147/20, las Resoluciones Nros. 58-CM/20,
59-CM/20, 60-CM/20, 63-CM/20, 88-GCABA-PG/20, 100- GCABA-PG/20, 134-
GCABA-PG/20 y 285-GCABA-PG/20, el Expediente Electrónico N° 10860296-
GCABA-PG/21, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de Marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró el
brote del coronavirus COVID-19 como una pandemia;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 el titular del Poder Ejecutivo
de la Nación amplió desde el 13 de Marzo del 2020 y por el plazo de un año la
emergencia pública en materia sanitaria dictada por la Ley Nacional N° 27.541;
Que, en razón de ello, por Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 297-PEN/20, 67-
PEN/21, 125-PEN/21 y 168-PEN/21, y sus modificatorios y complementarios, se
adoptaron medidas en materia de aislamiento y distanciamiento social;
Que, en el ámbito local, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la
Emergencia Sanitaria, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus
COVID-19 (Coronavirus), y por sus similares Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 2/21,
5/21 y 7/21, se prorrogó dicha situación de emergencia hasta el 31 de mayo de 2021;
Que a través del Decreto N° 147/20 se facultó a las autoridades superiores de las
jurisdicciones a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la
situación de epidemiología actual;
Que las razones por las que se dispusiera la emergencia pública en materia sanitaria
por parte de las autoridades del Estado Nacional y local justificaron la adopción de
medidas extraordinarias en el ámbito de esta Procuración General, con el fin de mitigar
los efectos de la pandemia y proteger la salud pública;
Que, entre otras medidas, a los fines de garantizar la prestación de los servicios
elementales de este Organismo, se dictó la Resolución N° 88-GCABA-PG/20 que
autoriza a su personal, en la mayor extensión posible de sus tareas y en tanto y en
cuanto la naturaleza de éstas lo permita, a su ejecución remota mediante la modalidad
no presencial;
Que, por su parte, mediante Resolución N° 59-CM/20 se ordenó que las notificaciones
judiciales se canalicen vía correo electrónico mientras dure el esquema sanitario en
análisis;
Que en su artículo 12 se convoca a esta Procuración General a constituir un domicilio
electrónico automáticamente aplicable a todas las actuaciones que tramiten por ante el
Poder Judicial local;
Que, a su turno, por Resolución N° 63-CM/20 se determinó la canalización de
peticiones mediante el uso del Sistema Expediente Judicial Electrónico EJE o
presentadas ante el Portal del Litigante;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6098 - 13/04/2021

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