Resolución N° 1073

EmisorDirección general de arquitectura
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 162 CÓRDOBA, 26 de Agosto de 20158
en los arts. 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas
8614 y el art. 107 del P.G.C. (Decreto 4758/77),
puede el Sr. Director dictar Resolución
autorizando la sustitución de que se trata para
aquellos certificados que a la fecha del presente
dispositivo legal se hubieran emitido y para los
que se emitan en el futuro, hasta el monto
presupuesto y facultando a División Certificaciones
a emitir los Certificados correspondientes al Expte.
N° 0047 – 001977/2013, debiendo reservarse
los originales de la Póliza e incorporando al
presente fotocopia autenticada de la misma;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE
ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1*: AUTORIZAR a la Empresa
ASTORI CONSTRUCCIONES S.A., a sustituir
el Fondo de Reparo de la obra: “Estudio de
Suelos, Desarrollo del Proyecto de Ingeniería
de Detalles de estructura y de la totalidad de las
Instalaciones de cada establecimiento en particu-
lar, con ajuste de Proyectos Ejecutivos de
Arquitectura y Ejecución de las construcciones o
ampliaciones antes referenciadas con sistema
Constructivo Prefabricado de Hormigón Armado
en los establecimientos que seguidamente se
detallan: I.P.E.M. N° 221 SAN CARLOS –
ALBERGUE, calle Juan D. Perón esquina Ruta
Provincial N° 27 – Jovita – Departamento Gen-
eral Roca – CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO; I.P.E.M. N° 170 PADRE JOSÉ
GABRIEL BROCHERO, Ruta Provincial N° 15
– Salsacate – Departamento Pocho –
CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO;
ESCUELA ELOY GOMEZ ANEXO, calle
Sarmiento (entre Avenida Los Reartes y calle
San Juan) – Villa Ciudad Parque – Departamento
Calamuchita – CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO Y ESCUELA DE ARTES APLICADAS
LINO E. SPILIMBERGO, Avenida Pablo Richeri
N° 2200 – Ciudad de las Artes – Barrio Rogelio
Martínez – Departamento Capital – AMPLIACIÓN
AULAS”, por Póliza de Seguro de Caución en
Garantía de sustitución de Fondo de Reparo N°
973.653 (fs. 4/6), expedida por
ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A.
COMPAÑÍA DE SEGUROS hasta cubrir la suma
de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL
DOSCIENTOS NOVENTA CON CINCUENTA Y
DOS CENTAVOS ($ 572.290,52.-.-), y
consecuentemente autorizar a División
Certificaciones para proceder conforme lo
dispuesto por el Art. 107 del Decreto 4758/77,
debiéndose reservar en el Área que
corresponda, el original de la Póliza aludida.
ARTICULO 2*: PROTOCOLICESE, tome
razón el Honorable Tribunal de Cuentas,
notifíquese publíquese en el Boletín Oficial, dése
copia a División Certificaciones y previa
intervención de Dirección de Administración del
Ministerio de Educación, PASE al Área
Inspecciones y Certificaciones, a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
Resolución N° 350
Córdoba. 20 de mayo de 2015
EXPEDIENTE N* 0047-015987/2011–
REFERENTE Nº 22.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2 mediante
Nota de fecha 04 de Mayo de 2015, la Empresa
ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F., Contratista de
la Obra: “CONSTRUCCION NUEVO EDIFICIO
PARA I.N.E.S.C.E.R., ubicado en Bv. España S/
N° - Ciudad de Villa María – Departamento Gen-
eral San Martín – Provincia de Córdoba”, solicita
sustituir el Fondo de Reparo Referente N° 22 de
la referida obra, para lo cual adjunta Póliza Nro.
974.157 (fs. 3/4) expedida por
ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A.
COMPAÑÍA DE SEGUROS, por la suma de $
19.930,oo.-;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 08 División Certificaciones, produce
informe manifestando que correspondería el
dictado de la Resolución que autorice la sustitución
aludida, hasta el monto indicado en la Póliza an-
tes mencionada;
Que a fs. 9 se expide División Jurídica mediante
Dictamen N* 330/2015 expresando que, atento
las constancias de autos, lo establecido en los
arts. 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas Nº
8614 y el art.107 del P.G.C. (Decreto Nº 4758/
77), puede el Señor Director General dictar
Resolución autorizando la sustitución de que se
trata para aquellos certificados que a la fecha del
presente dispositivo legal se hubieran emitido y
para los que se emitan en el futuro de la obra
tramitada por Expte. N° 0047-015987/2011/R22,
hasta el monto propuesto y facultando a División
Certificaciones a emitir los Certificados
correspondientes, debiendo reservarse los
originales de la Póliza e incorporando al presente
fotocopia autenticada de la misma;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE
ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO1* AUTORIZAR a la Empresa
ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F., a sustituir el
Fondo de Reparo tramitados por Referente N°
22 retenido de la obra: “CONSTRUCCION
NUEVO EDIFICIO PARA I.N.E.S.C.E.R.,
ubicado en Bv. España S/N° - Ciudad de Villa
María – Departamento General San Martín –
Provincia de Córdoba”, por Póliza de Seguro de
Caución en Garantía de sustitución de Fondo de
Reparo Nro. 974.157 (fs. 3/4), expedida por
ASEGURADORES DE CAUCION S.A.
COMPAÑÍA DE SEGUROS, hasta la suma de
PESOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS
TREINTA ($ 19.930,oo.-), debiéndose reservar
en el Área que corresponda, el original de la
Póliza aludida.-
ARTICULO 2*: PROTOCOLICESE, tome
razón el H. Tribunal de Cuentas, notifíquese,
Publíquese en el Boletín Oficial, dese copia a
División Certificaciones y previa intervención de
Dirección de Administración del Ministerio de
Educación, PASE a Jefatura de Área Inspecciones
y Certificaciones a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
Resolución N° 1073
Córdoba. 28 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE N* 0047-002477/2013 –
REFERENTE Nº 2.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2, mediante
Nota de fecha 10 de septiembre de 2014
presentada por la Empresa TETRA S.R.L.,
contratista de la obra: “REPARACIONES GEN-
ERALES, INTALACION ELÉCTRICA Y SANI-
TARIA en la ESCUELA PRIMARIA GENERAL
JOSÉ DE SAN MARTÍN, ubicada en callo Pablo
Pizzurno N° 149 – CORRALITO – Departamento
Tercero Arriba – Provincia de Córdoba”, solicita
Redeterminación de Precios de la mencionada
obra en el marco de las disposiciones del Decreto
N° 1133/10 rectificado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/5, la contratista presenta
documentación fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas
se agregan a fs. 7/43, documentación relacionada
con la ejecución de la obra que se trata, de la
que se desprende que la adjudicación se
perfeccionó mediante Resolución N° 263/14 de
la Dirección General de Arquitectura, habiéndose
suscripto el contrato correspondiente con fecha
10/06/2014 y replanteándose la misma el día
04/07/14;
Que a fs. 45, División Certificaciones informa
que no se ha confeccionado Certificado
Extraordinario de pago a Cuenta, detallando un
avance de obra a Agosto/2014 del 68,86%;
Que a fs. 49/53, toma participación Sección
Costos, elaborando planilla e informe del que
surge que atento lo dispuesto por los artículos 4,
8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, rectificado
por su similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por
Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se verificó
una variación del 8,96% por lo que se procedió
a calcular el Factor de Redeterminación (Fri),
verificándose que a partir del mes de AGOSTO/
2014 existe un porcentaje de variación de costos
del 8,07% habiéndose aplicado los Números
Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Libro INDEC Informa, a valores del mes anterior
a dicha fecha y a valores del mes anterior al de la
Primera Redeterminación de Precios (Mayo/
2014), resultando un total a reconocer a la
contratista por dicho concepto de $ 75.829,44.-,
por lo que el nuevo presupuesto de obra
redeterminado asciende a $ 1.679.474,68. A fs.
54 las Direcciones de Planificación y Proyectos y
de Obras, Licitaciones y Contrataciones propician
la continuidad del Trámite;
Que a fs. 55, mediante Dictamen N° 883/2014,
División Jurídica expresa que conforme las
actuaciones agregadas en autos y el referido
análisis de fs. 49/53 elaborado por Sección
Costos, no existe objeción de orden jurídico for-
mal para proceder a la Redeterminación
solicitada;
Que respecto de los análisis técnicos y
contables, ese Servicio Asesor no abre juicio por
cuanto escapa al ámbito de su competencia ma-
terial;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los
Decretos N° 1133/10 y 1231/10 y el Dcto. 2773/
11, puede el Señor Director aprobar lo actuado
y dictar el acto administrativo haciendo lugar a la
Redeterminación de que se trata, salvo mejor
opinión al respecto;
Que a fs. 56/58 obra Acta Acuerdo por la
Redeterminación de Precios, suscripta entre el
Señor Director General de Arquitectura y la
Empresa TETRA S.R.L., con fecha 28/10/2014;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE
ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por
Redeterminación de Precios por Variaciones de
Costos, correspondiente al mes de AGOSTO/
2014, de la obra: “REPARACIONES GEN-
ERALES, INTALACION ELÉCTRICA Y SANI-
TARIA en la ESCUELA PRIMARIA GENERAL
JOSÉ DE SAN MARTÍN, ubicada en callo Pablo
Pizzurno N° 149 – CORRALITO – Departamento
Tercero Arriba – Provincia de Córdoba”,
suscripta entre el Señor Director General de
Arquitectura y la Empresa TETRA S.R.L., obrante
a fs. 56/58 la que a los efectos pertinentes forma
parte de la presente Resolución como Anexo I,
compuesta de TRES (3) fojas y
consecuentemente autorizar la inversión de la
suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL
OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON
CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($
75.829,44.-), para atender la diferencia a abonar
por dicho concepto a la mencionada Empresa,
conforme las razones expresadas en
considerandos que se dan por reproducidas en
esta instancia.-
ARTICULO 2*. IMPUTAR el egreso conforme
lo indica la Dirección de Administración del
Ministerio de Infraestructura en Nota de Pedido
Nº 2014/002377 (fs. 62) – Programa 506-004 –
PARTIDAS 12.06.00.00 – Obras Ejecución por
Terceros - Inversión Ejercicio Futuro Año
2015.….…....$ 75.829,44.-
ARTICULO 3°. PROTOCOLICESE ,
Intervenga Dirección de Administración del
Ministerio de Infraestructura, tome razón el Hon-
orable Tribunal de Cuentas, Notifíquese,
Publíquese en el Boletín Oficial y PASE a Jefatura
de Área Inspecciones y Certificaciones, a sus
efectos .-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
ANEXO
http://goo.gl/4mxm3L
Resolución N° 596 Córdoba, 21 de agosto de 2015
EXPEDIENTE N° 0045-017638/15.-
VISTO: Las presentes actuaciones que tratan del aporte extraordinario de esta Dirección al Consejo
Vial Federal.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 de autos, Secretaria Técnico Administrativa dependiente del Consejo Vial Federal,
DIRECCIÓN GENERAL DE
VIALIDAD

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