Resolución Nº 107/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 9380546/DGROC/2016 de Ajustes de obra para la finca sita en la

calle Gavilán N° 4004 esq. Nueva York N° 2207, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a "Vivienda Multifamiliar".

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 114.18 de m2 de los cuales

50.26 m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (Planta Baja: hall, cocina,

toilette y semicubierto, Planta Alta: vestidor, paso, dormitorio y sector dormitorio), en

tanto que 63.92 m2 fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (Planta Baja:

Escalera y estar comedor, Planta Alta: baños, dormitorio y sector dormitorio), según

surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran

oportunamente aprobadas s/N° de Orden 9 Pág. 1/2 (PLANO-2016-09380465-

DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ N° de Orden 74

(PLANO-2016-24874039-DGROC), con destino Vivienda Multifamiliar.

Que obra s/ N° de Orden 8 Pág. 1 a 2/3 (IF-2016-09380462-DGROC) la Memoria e

Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que

interviene en el trámite de regularización.

Que la finca en cuestión se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en el

Título V del Código Civil, según consta en N° de Orden 73 Pág. 1 a 2/3 (IF-2016- Artículos 1 a 2

24873617-DGROC), obrando a orden 12 Pág.1 a 3/4 (RE-2016-09380472-DGROC) la

autorización correspondiente.

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.

"Trabajos que requieren permiso de obra", el Articulo 4.6.3.2."Aareas y lados mínimos

de las cocinas, espacio para cocinar, baños y retretes, lavaderos y secaderos", el

Articulo 4.6.3.4 "Escaleras principales, sus características" y el Articulo 4.6.4.2.

"Iluminación y ventilación de locales de primera clase", todos del Código de la

Edificación.

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

n° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 75 Pág. 1/3 (IF-2016-24875097-

DGROC) las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el

resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales...

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