Resolución Nº 107 'A'

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 108
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 2 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
CINA DEL ESTRÉS y PSICOINMUNONEUROENDOCRINOLOGIA (ASO-
CIACION CIVIL)”, y art. 2°, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 367 ”A”/2006 de fecha 29 de Setiembre de 2006.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 106 - Letra:A
Córdoba, 3 de Mayo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-119878/2015 mediante el cual la Enti-
dad Civil denominada “ENTIDAD DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NA-
CIONALES Y PROVINCIALES DE SAN MARCOS SIERRAS”, con asien-
to en la Localidad de San Marcos Sierras, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea General
Ordinaria con fecha 26 de Junio de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 26 de Junio de 2015
por la Entidad Civil denominada “ENTIDAD DE JUBILADOS Y PENSIO-
NADOS NACIONALES Y PROVINCIALES DE SAN MARCOS SIERRAS”,
CUIT N° 33-66856087-9, con asiento en la Localidad de San Marcos Sie-
rras, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto,
modicando el art. 15, en procura de mejorar el funcionamiento de la Enti-
dad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-148, inc. d )
–168, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación,en uso
de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº
8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada
en Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 26 de Junio de 2015,
de la Entidad Civil denominada “ENTIDAD DE JUBILADOS Y PENSIO-
NADOS NACIONALES Y PROVINCIALES DE SAN MARCOS SIERRAS”,-
CUIT N° 33-66856087-9, modicando el art. 15, con asiento en la Localidad
de San Marcos Sierras, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 166 ”A”/91 de fecha 11 de setiembre de 1991.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 107 - Letra:A
Córdoba, 4 de Mayo de 2016
VISTO:El Expediente Nº 0007-125103/2016 mediante el cual la Entidad
Civil denominada “AERO CLUB ALTA GRACIA”, con asiento en la Ciudad de
Alta Gracia, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 02 de Abril de
2016.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 02 de Abril de 2016 por
la Entidad Civil denominada “AERO CLUB ALTA GRACIA”, CUIT N° 30-
60966241-3, con asiento en la Ciudad de Alta Gracia, Provincia de Córdo-
ba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modicando los artículos
N° 3, 4, 5, 8, 9, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 24, 26, 27, 28, 30, 34, 36, 37, 38, 41,
43, 46, 52, 56, 63, 64, 65, 67, 70, 71, 74 y 75, anulando los arts. 72 y 73, en
procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el arts.-148 inc. b)
–169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las fa-
cultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en
Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 02 de Abril de 2016, modi-
cando los artículos N° 3, 4, 5, 8, 9, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 24, 26, 27, 28, 30,
34, 36, 37, 38, 41, 43, 46, 52, 56, 63, 64, 65, 67, 70, 71, 74 y 75, anulando
los arts. 72 y 73, referida a la Entidad Civil denominada “AERO CLUB ALTA
GRACIA, CUIT N° 30-60966241-3, con asiento en la Ciudad de Alta Gracia,
Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Decreto N° 8963 “A, de fecha 21 de Enero de 1960.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS

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