Resolución N° 1063 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 154
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 9 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
rección General de Educación Primaria, mediante la cual se dispuso, ad
referendum de autoridad competente, convalidar la suspensión provisoria
del servicio educativo en la Escuela de Nivel Primario “JOHN F. KENNEDY”
de Puchicanas, Departamento Calamuchita, a partir del 22 de agosto de
1996.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorpo-
radas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Decreto N° 41009/A/38 y sus modica-
torios, encontrándose tal determinación técnica, administrativa e institucio-
nal plasmada en la resolución de marras.
Que en consecuencia y en el marco de la normativa legal vigente, no
existe objeción alguna para la raticación en esta instancia del instrumento
legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 1106/17, lo aconsejado a fs.
102 por la Dirección General de Asuntos Legales y en uso de atribuciones
conferidas por Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 1129/16 de la Dirección Gene-
ral de Educación Primaria, mediante la cual se dispuso convalidar la sus-
pensión provisoria del servicio educativo en la Escuela de Nivel Primario
“JOHN F. KENNEDY” de Puchicanas, Departamento Calamuchita, a partir
del 22 de agosto de 1996, en los términos y condiciones que se consignan
en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal
como Anexo I compuesto de una (1) foja.
Art. 2º.- PROTOCOLICESE, dése intervención a Contaduría General
de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO:PROF.WALTERM.GRAHOVAC,MINISTRODEEDUCACIÓN
anexo: https://goo.gl/c5ceDt
Resolución N° 1063
Córdoba, 01 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0722-130848/2016, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por locali-
zación de la Escuela de Nivel Inicial “GRAL MANUEL BELGRANO” de
Colonia Caroya -Departamento Colón- (EE0550700), dependiente de la
Dirección General de Educación Inicial y la pertinente asignación de la
bonicación respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 0660/17 del Área Ju-
rídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 14 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “C” de localización a la Escuela
de Nivel Inicial “GRAL MANUEL BELGRANO” de Colonia Caroya -De-
partamento Colón- (EE0550700), dependiente de la Dirección General
de Educación Inicial, a partir de la fecha de la presente resolución, y en
consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonicación del cuarenta
por ciento (40 %) a su personal docente y del veintiséis por ciento (26 %) a
su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9°
del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
 ElegresoseimputaráalP.V.;Jurisdicción1.35;Programa383;Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO:PROF.WALTERM.GRAHOVAC,MINISTRODEEDUCACIÓN
Resolución N° 1064
Córdoba, 1 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0645-001428/2016, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
cióndelaEscuelaNocturna“ANDRÉSPAJÓN”deEstaciónJuárezCelman
-Departamento Colón- (EE0111228), dependiente de la Dirección General
de Educación de Jóvenes y Adultos, y la pertinente asignación de la boni-
cación respectiva a su personal docente y no docente.
Que el establecimiento educativo aludido comparte instalaciones con
el Instituto Provincial de Educación Media N° 333 “JULIO SALUSSO” de
Estación Juárez Celman el que se encuentra clasicado en el Grupo “B”
de localización, conforme con lo dispuesto por Resolución Ministerial N°
378/07.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y

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