Resolución N° 106 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 24 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 117 Primera Sección 3
Resolución N° 44 - Letra:A Córdoba, 3 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-116812/2014, mediante el cual la Entidad Civil denominada
“FUNDACION ROSINE LEFORT”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Reunión del Consejo de fecha 10 de
Noviembre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Reunión del Consejo de fecha 10 de Noviembre de 2014 por
la Entidad Civil denominada “FUNDACION ROSINE LEFORT”, CUIT N° 33-71458066-9, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del
Estatuto Social, modificando el artículo 1° comprendiendo el cambio de nombre por el de
“FUNDACION ROBERT Y ROSINE LEFORT”, en procura de mejorar el funcionamiento de la
Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer
párrafo- y concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, modificando el artículo 1°, sancionada en
Reunión del Consejo de fecha 10 de Noviembre de 2014 de la entidad civil “FUNDACION
ROSINE LEFORT”” CUIT N° 33-71458066-9, comprendiendo el cambio de nombre por el de
“FUNDACION ROBERT Y ROSINE LEFORT”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N° 229
“A” /014 de fecha 23 de julio de 2014.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 101 - Letra:A Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-110179/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada “POR
EL FUTURO-Asociación Civil”, con asiento en la Localidad del Campillo, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “POR EL FUTURO-
Asociación Civil”, con asiento en la Localidad del Campillo, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 102 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo
VISTO: El Expediente Nº 0007-109746/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“CAMARA CORDOBESA DE AGENCIAS DE REMIS, ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “CAMARA
CORDOBESA DE AGENCIAS DE REMIS, ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 104 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115157/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada “RO-
TARY CLUB GENERAL BUSTOS ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma Parcial del Estatuto, dispuesta en Asamblea
General Ordinaria y Extraordinaria con fecha 16 de Octubre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, celebrada con
fecha 16 de Octubre de 2014 por la Entidad Civil denominada “ROTARY CLUB GENERAL BUSTOS
ASOCIACION CIVIL”, CUIT N° 30-71406541-2, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma Parcial del Estatuto, modificando los Artículos 2 y 32,
en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer
párrafo- y concordantes delCódigo Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma Parcial del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General
Ordinaria y Extraordinaria, celebrada con fecha 16 de Octubre de 2014, modificando los Artículos 2
y 32 de la Entidad Civil denominada “ROTARY CLUB GENERAL BUSTOS ASOCIACION CIVIL”,
CUIT N° 30-71406541-2, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N° 013 “A”/
13 de fecha13 de Febrero de 2013.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 106 - Letra:A Córdoba, 7 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117999/2015 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“FUNDACION LA CUMBRE ENTRE TODOS”, con asiento en la Ciudad de La Cumbre, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “FUNDACION LA

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