Resolución Nº 104/PJCABA/CMCABA/15
Firmantes | Rabinovich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 17 de Abril de 2015 |
VISTO:
El Expediente DCC N° 077/15-0 caratulado "D.C.C. s/ Adenda Código de Familia", y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 76/2015 el Sr. Director de la Editorial Jusbaires solicitó la
impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la "Adenda Código de Familia" según las
características técnicas que adjunta en esa oportunidad (fs. 3/4).
Que a fojas 12 obra agregado el presupuesto presentado por la firma Eudeba S.E.M.
para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del referido libro por la suma total de
dieciocho mil setecientos cincuenta pesos ($ 18.750,00) IVA incluido.
Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma
Eudeba S.E.M. es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su
capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente
administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello,
manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del
de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 13 y 16).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y
Administración Contable realizó la afectación de la partida presupuestaria necesaria
para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia de Registración N° 1254/03
2015 de fs. 14/15).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y
emitió el Dictamen N° 6217/2015. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el
análisis jurídico correspondiente, destacó que "la ley 4764 modificó parcialmente la ley
de compras y contrataciones, habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095,
referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: 11. Los
contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las
jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre
sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así
también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la
Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo
que se trate" y concluyó que "no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del
trámite del presente expediente" (fs. 22).
Que cabe destacar que las especificaciones técnicas requeridas por la Editorial
Jusbaires mediante Memo N° 76/2015 se corresponden con el...
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