Resolución Nº 104/PJCABA/CMCABA/15

FirmantesRabinovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición17 de Abril de 2015

VISTO:

El Expediente DCC N° 077/15-0 caratulado "D.C.C. s/ Adenda Código de Familia", y

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo N° 76/2015 el Sr. Director de la Editorial Jusbaires solicitó la

impresión de mil (1.000.-) ejemplares de la "Adenda Código de Familia" según las

características técnicas que adjunta en esa oportunidad (fs. 3/4).

Que a fojas 12 obra agregado el presupuesto presentado por la firma Eudeba S.E.M.

para la impresión de mil (1.000.-) ejemplares del referido libro por la suma total de

dieciocho mil setecientos cincuenta pesos ($ 18.750,00) IVA incluido.

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma

Eudeba S.E.M. es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su

capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente

administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello,

manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del

artículo 28°

de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 13 y 16).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y

Administración Contable realizó la afectación de la partida presupuestaria necesaria

para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia de Registración N° 1254/03

2015 de fs. 14/15).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y

emitió el Dictamen N° 6217/2015. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el

análisis jurídico correspondiente, destacó que "la ley 4764 modificó parcialmente la ley

de compras y contrataciones, habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095,

referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: 11. Los

contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las

jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre

sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así

también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la

Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo

que se trate" y concluyó que "no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del

trámite del presente expediente" (fs. 22).

Que cabe destacar que las especificaciones técnicas requeridas por la Editorial

Jusbaires mediante Memo N° 76/2015 se corresponden con el...

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