Resolución N° 104/AGC/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 104/AGC/19
Buenos Aires, 21 de marzo de 2019
VISTO:
La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad - DNU Nº1510/GCA/97 (texto
consolidado Ley N° 6.017), el Expediente N° 25755411-MGEYA-DGHP-2018, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la solicitud de habilitación por
sistema SGI Nº 371778, efectuada por la firma "Eleven Park S.A.", respecto del
establecimiento sito en la Av. Corrientes Nº 3372, Subsuelo/PB / Entresuelo / Piso 1 /
Subsuelo 2 de esta Ciudad, para desarrollar el rubro: garaje comercial (604070);
Que a través de la Disposición Nº 10886/DGHP/18, la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud "...por no encontrarse
acreditadas las condiciones mínimas de seguridad exigibles para el desarrollo de la
actividad de conformidad con lo exigido por el Art. 2.1.3 Inc. f y Art. 2.1.5. Inc. d del
CHyV y lo normado en el Decreto 197/GCABA/2017", siendo el administrado
debidamente notificado;
Que por medio del IF-2018-30444444-AGC, el Sr. Manuel Gustavo Pinto, DNI
20983705, en su carácter de Presidente de Eleven Park S.A. realizó una presentación
en la cual constituyó domicilio en Avda. Corrientes 3372, de esta Ciudad de Buenos
Aires y adjunto documentación (IF-2018-30444463-AGC, IF-2018-30444476-AGC, IF-
2018-30444485-AGC, IF-2018-30444503- -AGC, IF-2018-30444526-AGC e IF-2018-
30444554-AGC;
Que en consecuencia la Gerencia Operativa Comercios, Industrias y Servicios de la
Dirección General Habilitación y Permisos manifestó a través del IF-2018-31015701-
DGHP que "con la documentación agregada se subsanan las causas cuyo
incumplimiento diera lugar al rechazo habiéndose agregado Planos Registrados de
incendio y Testimonio de la instalación.".
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos
previstos por el artículo 112 y siguientes de la Ley de Procedimientos Administrativos
de la Ciudad - DNU Nº1510/GCA/97 (texto consolidado Ley N °6.017);
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Ley de
Procedimientos Administrativos Ciudad - DNU Nº1510/GCA/97 (texto consolidado Ley
N° 6.017), dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-2019-07410372-GCABA-
DGAIP opinando que "corresponde declarar abstracta la cuestión que motivara la
interposición del recurso de reconsideración incoado por la firma por la firma “Eleven
Park S.A contra la Disposición Nº 10886/DGHP/2018...";
Que la Gerencia Operativa Coordinación Legal dependiente de la Dirección General
Legal y Técnica de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 11 inciso e) de la Ley Nº
2.624 (texto consolidado Ley N° 6.017),
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5588 - 29/03/2019

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