Resolución Nº 102 de 08 de Abril de 2008

La Plata, 8 de abril de 2008.

VISTO el expediente Nº 2146-5994/00, agregados acumulados Nº 21501-3734/03 y Nº 21707-1795/07, por los cuales la Asociación Marplatense Asistencia para Discapacitados - AMAD - interpone Recurso de Revocatoria con Jerárquico en Subsidio contra la Resolución Nº 369 de fecha 24 de marzo de 2003 del ex - Ministerio de Desarrollo Humano y Trabajo, y

CONSIDERANDO

Que por medio del acto administrativo mencionado en el exordio de la presente, se aplica a dicha Institución una sanción de carácter pecuniario, consistente en el no pago de la factura obrante a fojas 2, de pesos veintiséis mil treinta y siete ($ 26.037);

Que de todo lo actuado surge que el servicio brindado no fue de utilidad para los niños;

Que por expediente Nº 21501-3734/03, la Institución presenta Recurso de Revocatoria y Jerárquico en Subsidio el cual, desde el punto de vista formal se tiene por presentado en tiempo hábil fundado en el principio de formalismo moderado, tal lo establecido en el artículo 89 del Decreto Ley 7.647/70, dado que a fojas 274 del expediente mencionado se ha agregado copia de la recepción de una Carta Documento mediante la cual la quejosa aduce haber denunciado un nuevo domicilio especial, siendo ésta anterior a la notificación del acto impugnado;

Que por expediente Nº 21707-1795/07, el apoderado de la asociación solicita pronto despacho y constituye nuevo domicilio, en donde se tendrán por válidas todas las notificaciones;

Que los agravios planteados por el quejoso califican de "ilegítimas" las opiniones de las distintas áreas intervinientes, lo cual no es exacto, dado que el no pago de lo reclamado por la Institución, no es violatorio del artículo 499 del Código Civil, atento a que importa una sanción aplicada para el caso de marras en el artículo 1º de la Resolución mencionada en el exordio, con base en lo previsto artículo 41 inciso b) (cuando las prestaciones no resultan de utilidad), de la Resolución Nº 630/99 del ex - Consejo Provincial del Menor, regulando y coordinando de esta forma, con dicho acto administrativo, las relaciones con los establecimientos privados que prestan servicios de carácter asistencial - sanitarios a los menores bajo tutela...

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