Resolución Nº 1013/GCABA/MDUYTGC/16
Firmantes | Moccia |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte |
VISTO:
La Ley 5.460, y su modificatoria, los Decretos Nros. 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y
141/GCBA/16, la Resolución N° 919/MDUYTGC/16 y el EE N° 2016-16533946-
MGEYA-DGIGUB, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 919/MDUYTGC/2016 se convalidó el Balance de Economías y
Demasías N° 3 para la obra: "Obra Civil - Palacio Lezama";
Que en la citada Resolución, en su artículo 1° se aprobó la Demasía del Balance de
Economías y Demasías N° 3, por un monto de PESOS CUATRO MILLONES
CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON
92/100 ($ 4.493.141,92) consignándose erróneamente el monto;
Que en la citada Resolución, en su artículo 3° se aprobó el Balance de Economías y
Demasías y el Anexo I "Planilla de cotización" (IF-2016-18762903-DGIGUB),
consignándose erróneamente el monto y el Número de Informe citado;
Que en la misma Resolución, en su Art. 4° se convalidó el Plan de Trabajo y Curva de
Inversión que se detalla en el Anexo II (IF-2016-22858605-DGIGUB), asignándose
erróneamente el Número de informe;
Que en el Art. 5° se convalidó la Ampliación de Plazo N° 5 para la Obra "Obra Civil -
Palacio Lezama", por un total de 49 días, trasladando la fecha de finalización de la
obra al 18 de agosto de 2016, consignándose erróneamente la fecha de finalización;
Que asimismo en el Art. 6, que aprobó de conformidad a lo previsto en la Resolución
N° 601/MHGC/2014 la aplicación directa y simultánea al balance de referencia de las
Redeterminaciones Provisorias N° 1 (8,22%, abril 2015), N° 2 (7,40%, agosto 2015),
N° 3 (5,88%, diciembre 2015) y N° 4 (5,48%, febrero 2016), aprobadas por Resolución
N° 847-MHGC-2015, Resolución N° 1.458-MHGC-2015, Resolución N° 1.449-MHGC-
2016 y Resolución N° 1.450- MHGC-2016, respectivamente, que representan un
incremento de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO
CUARENTA CON 30/100 ($1.331.140,30) para el balance, se consignó erróneamente
el monto allí determinado;
Que, una vez advertida esta circunstancia, corresponde rectificar los artículos Nros. 1°,
-
, 4°, 5° y 6° de la Resolución N° 919/MDUYTGC/2016.
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por La Ley 5.460 y su modificatoria y en
virtud de los Decretos Nros. 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y 141/GCBA/16,
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