Resolución Nº 1013/GCABA/MDUYTGC/16

FirmantesMoccia
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte

VISTO:

La Ley 5.460, y su modificatoria, los Decretos Nros. 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y

141/GCBA/16, la Resolución N° 919/MDUYTGC/16 y el EE N° 2016-16533946-

MGEYA-DGIGUB, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 919/MDUYTGC/2016 se convalidó el Balance de Economías y

Demasías N° 3 para la obra: "Obra Civil - Palacio Lezama";

Que en la citada Resolución, en su artículo 1° se aprobó la Demasía del Balance de

Economías y Demasías N° 3, por un monto de PESOS CUATRO MILLONES

CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON

92/100 ($ 4.493.141,92) consignándose erróneamente el monto;

Que en la citada Resolución, en su artículo 3° se aprobó el Balance de Economías y

Demasías y el Anexo I "Planilla de cotización" (IF-2016-18762903-DGIGUB),

consignándose erróneamente el monto y el Número de Informe citado;

Que en la misma Resolución, en su Art. 4° se convalidó el Plan de Trabajo y Curva de

Inversión que se detalla en el Anexo II (IF-2016-22858605-DGIGUB), asignándose

erróneamente el Número de informe;

Que en el Art. 5° se convalidó la Ampliación de Plazo N° 5 para la Obra "Obra Civil -

Palacio Lezama", por un total de 49 días, trasladando la fecha de finalización de la

obra al 18 de agosto de 2016, consignándose erróneamente la fecha de finalización;

Que asimismo en el Art. 6, que aprobó de conformidad a lo previsto en la Resolución

N° 601/MHGC/2014 la aplicación directa y simultánea al balance de referencia de las

Redeterminaciones Provisorias N° 1 (8,22%, abril 2015), N° 2 (7,40%, agosto 2015),

N° 3 (5,88%, diciembre 2015) y N° 4 (5,48%, febrero 2016), aprobadas por Resolución

N° 847-MHGC-2015, Resolución N° 1.458-MHGC-2015, Resolución N° 1.449-MHGC-

2016 y Resolución N° 1.450- MHGC-2016, respectivamente, que representan un

incremento de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO

CUARENTA CON 30/100 ($1.331.140,30) para el balance, se consignó erróneamente

el monto allí determinado;

Que, una vez advertida esta circunstancia, corresponde rectificar los artículos Nros. 1°,

  1. , 4°, 5° y 6° de la Resolución N° 919/MDUYTGC/2016.

Por ello, en uso de las facultades dispuestas por La Ley 5.460 y su modificatoria y en

virtud de los Decretos Nros. 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y 141/GCBA/16,

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