Resolución N° 101/CDNNYA/22

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 101/CDNNYA/22
Buenos Aires, 31 de enero de 2022
VISTO: La Ley nacional N° 20.416, los Decretos PEN Nº 210/89 y Nº 1.523/68, las
Leyes N° 114 y N° 1.218 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el Expediente
Electrónico Nº 17679362-GCABA- DGRPJ/19, y
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones fueron iniciadas en el ámbito de este Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes con motivo de lo informado por la titular de la Dirección
General de Responsabilidad Penal Juvenil sobre los hechos ocurridos en fecha 30 de
diciembre de 2016 en el Centro de Régimen Cerrado Manuel Rocca/Agote, con
relación al joven S.O.A.D., quien refirió apremios ilegales y ser víctima de robo por
agentes del Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia (CESyV);
Que los hechos que dieron lugar a la denuncia penal ocurrieron pos traspaso de los
dispositivos y agentes del CEVyS a la jurisdicción del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y en un dispositivo bajo la órbita de la Dirección General
de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo;
Que la entonces titular de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil
informa que, según lo normado por el artículo 93, inciso b) del Decreto N° 210/89 (que
aprobó el Estatuto del Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia); “procede instruir
sumario en los casos de proceso a agentes por hechos cometidos en acto de servicio
o ajenos a él”; acompañando copia del oficio judicial del 23 de noviembre de 2018,
mediante el cual el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 2, Secretaría Nº
107, puso en conocimiento del Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado “Manuel
Rocca” (en adelante CSRC “Manuel Rocca”) que el 20 de septiembre de 2018 se
había resuelto dictar el auto de procesamiento sin prisión preventiva de los agentes
Iván Leandro Lorenzo, CUIL. 20-35352670-8 y Antonio Serafín Núñez, -en situación de
retiro- el cual quedó firme, dictado en la causa N° 14356/17 caratulada: “Iván Leandro
Lorenzo y otros s./ Apremios ilegales a detenidos” por el delito de robo en concurso
ideal con severidades a detenidos y amenazas coactivas;
Que desde la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil se amplió la
información brindada acerca del hecho; indicando que al 30 de diciembre de 2016,
Lorenzo Iván Leandro se desempeñaba como empleado de seguridad -
específicamente del CESyV-, prestando servicios en el sector de dormitorios -donde
habrían ocurrido los hechos- del CSRC “Manuel Rocca” (con sede en el Centro “Dr.
Luis Agote”, sito en Charcas Nº 4602, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y los
apremios ilegales por los cuales se lo procesó habían sido en relación al joven
S.O.A.D. (A.D.S.O. son las iniciales consignadas por el Juzgado Nacional de Menores
Nº 6, Secretaría Nº 8, bajo cuya custodia se encontraba el mismo;
Que, asimismo, se complementó la información aclarando que el robo se había
producido dentro del establecimiento y que Antonio Serafín Núñez se encontraba en
situación de retiro y ya no cumplía servicio activo;
Que, en este marco, se dicta la Resolución N° 902-GCABA-CDNNYA/19 que ordena el
sumario administrativo, a fin de investigar y esclarecer los hechos ocurridos el día 30
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6311 - 03/02/2022

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