Resolucion N° 1009 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Salud
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 58
CORDOBA, (R.A.), LUNES 27 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
ción institucional.
Que las partes signatarias procuran aunar esfuerzos en pos de
mejorar y unificar la formación, capacitación, actualización y perfeccio-
namiento de recursos humanos en la etapa de post-grado, para asegu-
rar la idoneidad, competencia y calificación de profesionales médicos
del más alto nivel científico y técnico, convenientes y adaptados a las
necesidades locales y regionales de la sociedad a la que se deben.
Que se reconoce la trayectoria, experiencia y fecunda labor del
Consejo de Médicos de la Provincia de Córdoba, en lo atinente a la
instauración, desarrollo e implementación de los mecanismos y los
requisitos para la acreditación de centros formadores y la fijación de
los antecedentes necesarios para el acceso a la certificación como
especialistas de los profesionales, llevando su registro, acordando la
correspondiente matrícula y controlando su renovación.
Que este Ministerio de Salud conserva su carácter de rector y re-
gulador del sistema de formación en salud, conforme a las pautas y
atribuciones que el actual decreto Nro. 1791/15, raticado por Ley Nro.
10.337, prevé en su artículo Nro. 27 inciso 6.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE SALUD
R E S U E L V E
1º.- RATIFÍCASE el Acta Complementaria a los Anexos de la Reso-
lución Ministerial Nro. 1140/15, suscripta con fecha 26 de diciembre de
2016 entre los integrantes del Comité Ejecutivo del “Sistema Provincial de
Acreditación de Residencias del Equipo de Salud” (SIPARES) y el Consejo
de Médicos de la Provincia, la que compuesta de dos fojas forma parte
integrante del presente Instrumento Legal como Anexo I del mismo.-
2º.- INCLÚYANSE entre las previsiones del Anexo I de la Resolución
Nro. 1140/15 a las estipulaciones de las Cláusulas Segunda a Séptima
del Acta Complementaria raticada en el apartado primero del presente
Instrumento Legal.-
3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el
Boletín Ocial y archívese.-
FDO: DR FRANCISCO JOSE FORTUNA, MINISTRO DE SALUD
ANEXO: https://goo.gl/ec5KoB
Resolución N° 1009
Córdoba, 13 de octubre de 2016
VISTO: Las actuaciones obrantes en Nota Nro. MS01-757177025-115, me-
diante la cual se propicia la conformación de una “Comisión Técnica Ase-
sora” para el Programa de Atención Integral para Personas con Hemolia
de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nro. 434 de fecha 10 de Junio
de 2013, se aprueba el Programa de Atención Integral para Personas con
Hemolia de la Provincia de Córdoba con dependencia directa de la Secre-
taría de Prevención y Promoción de la Salud de esta Jurisdicción Ministe-
rial, creando a su vez, el Registro Provincial de Personas c on Hemo filia
cuyos lineamientos de funcionamiento se encuentran comprendidos en
el Anexo I al mencionado Instrumento Legal.
Que la aplicación del Programa supra mencionado, permite me-
jorar no sólo la calidad de los servicios, sino también generar mayor
protagonismo y participación de la ciudadanía sobre las decisiones y
acciones que afectan su salud, en el marco del enfoque de promoción
de la salud y avanzar hacia mejores niveles de bienestar integral de la
persona, la familia y la comunidad.
Que no obstante ello, una modificación en la estructura de fun-
cionamiento del Programa que considere una estructura organizativa
colegiada, participativa e interdisciplinaria, conformada por diferentes
profesionales de distintas áreas comprometidos en la atención integral
de personas con hemofilia beneficiarias de dicho programa, es la mejor
opción para cumplimentar con los objetivos propuestos.
Que una coordinación colegiada y conformada por diferentes profe-
sionales de distintas áreas favorecería los alcances, participación en el
diseño y llevada a cabo de las diferentes acciones propias del Progra-
ma mencionado, tanto en sus funciones técnicas, administrativas como
profesionales.
Que la par ticipación de médicos, profesionales de la salud y orga-
nizaciones de hemofilia en una “Comisión Técnica Asesora”, reúne un
rango de experiencia adecuada. La sabiduría colectiva de los diferen-
tes integrantes puede resultar en mejores criterios de asignación de
recursos, mejor toma de decisiones, tareas apropiadas de vigilancia,
administración eficaz evitando el mal uso o gastos indebidos en el tra-
tamiento a personas con hemofilia.
Que además de los profesionales de la salud, la participación de
miembros de la Filial Córdoba de la Fundación de la Hemofilia, se fun-
damenta en la trayectoria y experiencia en el diagnóstico y tratamiento
de la hemofilia de esta institución. La misma está reconocida como tal
por la Fundación de la Hemofilia Argentina con sede en Buenos Aires.
Que la presente gestión cuenta con el Visto Bueno de la Señora
Secretaria de Prevención y Promoción de la Salud.
Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE SALUD
R E S U E L V E:
1°- APRUÉBASE la creación de la “COMISIÓN TÉCNICA ASESORA
para el Programa de Atención Integral para Personas con Hemolia de la
Provincia de Córdoba, cuya fundamentación, pautas de funcionamiento e
integrantes, se consignan en Anexo I, el que compuesto de DOS (2) fojas,
forma parte integrante del presente Instrumento Legal.
2°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
notifíquese y archívese.
FDO: DR FRANCISCO JOSE FORTUNA, MINISTRO DE SALUD
ANEXO: https://goo.gl/OxsTa7

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