Resolución Nº 100/PJCABA/CMCABA/16
Firmantes | Rabinovich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 29 de Marzo de 2016 |
VISTO:
El Expediente DCC N° 032/16-0 caratulado "D.C.C. s/ Impresión Constitución C.A.B.A.
(de Lujo)"", y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 38/2016 la Editorial Jusbaires solicitó la conformidad a la
Presidencia del Consejo de la Magistratura para la impresión de la "Constitución de
Lujo" de acuerdo a las especificaciones técnicas que adjuntó. Asimismo la Presidencia
del Consejo otorgó la mentada conformidad mediante Memo Pres. N° 28/2016 (fs.
3/5).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el
presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. de donde surge que el monto por la
impresión requerida asciende a la suma de cuatrocientos veintiún mil setecientos
ochenta pesos ($421.780,00) IVA incluido (fs. 12).
Que luego, la referida Dirección General puso de resalto que la firma Eudeba es una
sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales
públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la
Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar
la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por
la Ley 4764 (fs. 13).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de
Programación y Administración Contable emitió la constancia de registración
presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia N°
873/02 2016 de fojas 14/15).
Que asi las cosas, mediante Memo N° 69/2016 la Editorial Jusbaires, en calidad de
área requirente, informó que el presupuesto agregado a fojas 12 se ajusta a lo
requerido (fs. 20).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y
emitió el Dictamen N° 6830/2016. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el
análisis jurídico correspondiente, destacó que "(...) la ley 4764 (reglamentada a través
de la Res. CM N° 1/2014) modificó parcialmente la Ley de Compras y Contrataciones,
habiendo incluido dentro del artículo 28 de la ley 2095, referido a la contratación
directa, el inciso 11) que expresamente dice: Los contratos para la adquisición de
bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos
provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las
Universidades Nacionales y otras...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba