Resolución Nº 100/GCABA/PG/17

FirmantesAstarloa
EmisorF/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD

VISTO:

La Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos N°

638/GCABA/2007, N° 363/GCABA/2015 y N° 675/GCABA/2016, las Resoluciones N°

446/MHGC/16, N° 2262/SSGRH/2016 y N° 214/MHGC/2017, y el EE N°

7244661/DGTALPG/2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fija las obligaciones,

deberes, atribuciones y competencia de esta Procuración General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 638/GCABA/2007 se delega en los/as señores/as Ministros/as,

Secretarios/as y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad

de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las plantas de

gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones

correspondientes en cada caso;

Que por Decreto N° 675/GCABA/2016 se aprueba la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y se crea el Régimen Modular Extraordinario de Plantas de Gabinete, por el

período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2017,

estableciéndose que el personal que se designe bajo dicho régimen se regirá según

los dispuesto por el artículo 8 del Decreto 363/GCABA/2015;

Que la Resolución N° 446/MHGC/2016 establece los modos en que podrá ser

administrado el excedente de Unidades retributivas del Régimen Modular asignadas y

no utilizadas en los términos de los artículos 7 y 8 del referido Decreto;

Que el inciso b) del artículo 1 de la Resolución mencionada prevé la asignación de una

"Bonificación Extraordinaria", que consistirá en un incentivo destinado a premiar la

productividad y recompensar iniciativas o méritos relevantes que redunden en una

mayor eficacia en el desempeño de las tareas asignadas al personal de planta

permanente, transitoria y de régimen gerencial.

Que, conforme el referido inciso, la cantidad de unidades retributivas a distribuir en

concepto de "Bonificación Extraordinaria" estará conformada por la sumatoria del

excedente mensual de hasta un veinte por ciento (% 20) de las unidades retributivas

asignadas y no utilizadas por la Autoridad Superior en el marco del Régimen Modular

de Plantas de Gabinete vigente;

Que...

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