Resolución Nº 100/GCABA/PG/17
Firmantes | Astarloa |
Emisor | F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD |
VISTO:
La Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos N°
638/GCABA/2007, N° 363/GCABA/2015 y N° 675/GCABA/2016, las Resoluciones N°
446/MHGC/16, N° 2262/SSGRH/2016 y N° 214/MHGC/2017, y el EE N°
7244661/DGTALPG/2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fija las obligaciones,
deberes, atribuciones y competencia de esta Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 638/GCABA/2007 se delega en los/as señores/as Ministros/as,
Secretarios/as y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad
de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las plantas de
gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones
correspondientes en cada caso;
Que por Decreto N° 675/GCABA/2016 se aprueba la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y se crea el Régimen Modular Extraordinario de Plantas de Gabinete, por el
período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2017,
estableciéndose que el personal que se designe bajo dicho régimen se regirá según
los dispuesto por el artículo 8 del Decreto 363/GCABA/2015;
Que la Resolución N° 446/MHGC/2016 establece los modos en que podrá ser
administrado el excedente de Unidades retributivas del Régimen Modular asignadas y
no utilizadas en los términos de los artículos 7 y 8 del referido Decreto;
Que el inciso b) del artículo 1 de la Resolución mencionada prevé la asignación de una
"Bonificación Extraordinaria", que consistirá en un incentivo destinado a premiar la
productividad y recompensar iniciativas o méritos relevantes que redunden en una
mayor eficacia en el desempeño de las tareas asignadas al personal de planta
permanente, transitoria y de régimen gerencial.
Que, conforme el referido inciso, la cantidad de unidades retributivas a distribuir en
concepto de "Bonificación Extraordinaria" estará conformada por la sumatoria del
excedente mensual de hasta un veinte por ciento (% 20) de las unidades retributivas
asignadas y no utilizadas por la Autoridad Superior en el marco del Régimen Modular
de Plantas de Gabinete vigente;
Que...
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