Resolución N° 100-AGIP/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición27 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 100/AGIP/18
Buenos Aires, 23 de abril de 2018
VISTO:
LAS LEYES N° 471, N° 2.603 y N° 1.218 (TEXTOS CONSOLIDADOS LEY Nº 5.666),
EL DECRETO Nº 745/08, LA RESOLUCIÓN Nº 500/AGIP/2008 Y MODIFICATORIAS,
Nº 35/PG/2014 Y Nº 254/AGIP/2014, YLOS E.E. N°2017-6754995-MGEYA-DGR Y Nº
2018-9.242.050-MGEYA-AGIP Y,
CONSIDERANDO:
Que entre el 25 de febrero y el 2 de marzo del año 2017, mientras la vivienda del Sr.
Carlos Javier Dominguez, agente dependiente de la División II de la Subdirección
General de Fiscalización, se encontraba deshabitada, ingresaron delincuentes
forzando la puerta de ingreso y robaron varios objetos, entre los que se encontraba
una Notebook marca Toshiba modelo Satellite L845-SP4304LA serie N°
201120919015595 propiedad de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos;
Que el día 3 de marzo de 2017 se radicó la pertinente denuncia policial ante la
Comisaría 21 de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, la cual dio origen al Sumario
Policial N° 564/2017caratulado “Robo Ausencia de Moradores“;
Que el día 15 de marzo del 2017 el agente Carlos Javier Dominguez comunicó
formalmente el robo del que fue víctima a sus superiores mediante un informe
circunstanciado, el cual fue ampliado el 14 de diciembre del mismo año;
Que conforme lo determinado por la Resolución Nº 35/PG/2014 y Nº 254/AGIP/2014
se generó el correspondiente expediente con trata reservada E.E.R. Nº 2018-
9.242.050-MGEYA-AGIP;
Que el suscripto comparte lo aconsejado por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Dictamen PV-
2011-00977252-DGSUM, en razón que el Administrador Gubernamental de Ingresos
Públicos posee facultades necesarias para requerirle en forma directa a la Procuración
General la instrucción de un sumario administrativo;
Que ante la necesidad de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, se le ha dado
debida intervención a la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración
Gubernamental a los efectos que determine si corresponde atribuir responsabilidades
de índole disciplinaria de acuerdo a las previsiones establecidas por la Ley N° 471
(Texto Consolidado por Ley 5.666) y normativa concordante;
Que, en virtud de lo expuesto, a fin de investigar los hechos denunciados y deslindar
las responsabilidades administrativas corresponde requerir a la Dirección General de
Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la
instrucción de pertinente sumario administrativo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5363 - 27/04/2018

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