Resolución Nº 1/GCABA/ERSP/16
Firmantes | Michiellotto - Barrera - Goldsack - Raffo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/N Ente ÚNico Regulador de los Servicios PÚBlicos |
Fecha de la disposición | 15 de Enero de 2016 |
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 6 y sus
modificatorias, el Acta de Directorio N° 618 del 15 de enero 2015, el Expediente N°
003/EURSPCABA/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó al
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y
legitimación procesal;
Que, el Ente ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios
públicos, cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o
descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de los
usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la
observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, el Art. 2° inc. e) de la Ley N° 210 entiende como servicio público a los efectos de
su aplicación al servicio de conservación y mantenimiento vial por peaje;
Que, mediante el Decreto N° 000-GCBA/14, el Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires dispuso el llamado a Audiencia Pública para dar
tratamiento a la modificación del cuadro tarifario de peaje;
Que, la Audiencia Pública fue celebrada el 14 de enero de 2016 en la sede del Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sito en la calle Bartolomé Mitre 760, PB de esta Ciudad;
Que, la audiencia pública se llevó a cabo en el marco de lo previsto por la Ley N° 6 y
en la misma sus expositores expresaron su postura respecto a la modificación del
cuadro tarifario de peaje;
Que, en su reunión ordinaria del 15 de enero de 2016 el Directorio dispuso aprobar el
informe referido a la Audiencia Pública en cuestión;
Que, la Asesoría Legal tomó la intervención de su competencia.
Por ello,
EL...
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