Resolución N° 1/AGIP/20

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 1/AGIP/20
Buenos Aires, 3 de enero de 2020
VISTO: Las Leyes Nº 471, Nº 1.218 y Nº 2.603 (textos consolidados por Ley N° 6.017),
Los Decretos Nros. 3360/MCBA/68 y 745/GCABA/08, Las Resoluciones Nros 391-
GCABA-AGIP/18 y Modificatorias y 256-GCABA-AGIP/16 y los Expedientes
electrónicos Nros. 7969954-MGEYA-AGIP/16 y asociados 15175322-MGEYA-
AGIP/16, 21813438-MGEYA-AGIP/15 y 2206603-MGEYA-AGIP/15, y
CONSIDERANDO:
Que esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos resolvió por Resolución
256-GCABA-AGIP/2016 instruir sumario administrativo tendiente a investigar los
hechos denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder en
orden a las irregularidades detectadas consistentes en la presentación por parte de un
contribuyente de certificados de deuda apócrifos para anular la deuda del inmueble de
su propiedad sito en la calle Hortiguera 521/23 CABA, partida inmobiliaria 0138603-06,
según lo comunicó la Jefa de División Enlace Colegio de Escribanos dependiente del
Departamento Inmobiliario de la Dirección General de Rentas de esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos, quien verificó que los certificados de deuda de
los que intentaba valerse el contribuyente no se correspondían con los emitidos por
este organismo;
Que abierta la etapa de instrucción del Sumario Nº 1146/16 se le tomó declaración
testimonial al por entonces Jefe del Departamento Sumarios, Dr. Oscar Alfredo Villalba
quien relató que, según el Expediente 2470889/12, el 30 de junio del 2010 Horacio
Livio de Martini (FC. Nº 354.912) expidió un certificado que manifestaba la inexistencia
de deuda inmobiliaria del inmueble sito en la calle Hortiguera 521/23, respecto del cual
se denunció ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos que dicho
documento no se correspondía con los emitidos por este organismo;
Que atento la conexidad del objeto de la investigación se acumularon los sumarios N°
1149/15 y Nº 1153/15 al sumario N° 1146/16 por el cual tramitó la presente
investigación;
Que por Resolución N° 484-PG/16 el Procurador General de la Procuración General
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ordenó ampliar el objeto del sumario Nº
1146/16, debiendo investigarse en él - además de los hechos contemplados en la
Resolución N° 256-AGIP/16 la supuesta falsificación de los formularios F1 números
2030757 y 2113266, la situación procesal de Horacio Livio de Martini y de Teófilo
Amado Alarcón (F.C. Nº 440.759), y cualquier otro vicio o irregularidad vinculado con
el tema;
Que surge del auto de procesamiento de la causa N° CCC 9.779/2012 caratulada
“Díaz Ricardo Luis y otros s/ falsificación de documento público“, cuya copia luce en IF
2016-20343826-DGSUM del Expediente electrónico asociado N° 21813438-MGEYA-
AGIP/15, que el Sr. Juez de la causa penal decretó el procesamiento tanto de Horacio
Livio de Martini (DNI. Nº 7621506, FC. Nº 354.912), quien se desempeñó hasta el 20
de abril de 2012 en el Departamento Inmobiliario de la Dirección General de Rentas de
esta Administración Gubernamental como también de Teófilo Amado Alarcón (DNI. Nº
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5776 - 09/01/2020

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