Resolucion Nº 1.613

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2015

RESOLUCION Nº 1.613

Mendoza, 10 de setiembre de 2015

Visto el expediente 6697-D-14-77770 (Cuerpos I y II) , en el cual se gestiona la categorización e inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad de la Institución "Hogar Virgen de Fátima" titularidad de León, Esther Sixta, CUIT N° 27-17641736-1, en la modalidad prestacional de Hogar, a través de la Junta Evaluadora Provincial dependiente de la Dirección de Infraestructura, Mantenimiento y Fiscalización; y

CONSIDERANDO:

Que la Institución "Hogar Virgen de Fátima", titularidad de León, Esther Sixta, cuenta con domicilio legal en calle Corvalán 2262 - B° Dolores Prats de Huisi, Departamento Godoy Cruz, Mendoza y real en calle San Martín N° 1420, Distrito Mayor Drummond, Departamento Luján de Cuyo, Mendoza.

Que obra agregada al expediente el Acta de la Auditoría en terreno llevada a cabo el día 3 de agosto de 2015, donde se procedió a notificar al Representante Legal del establecimiento.

Que en tal oportunidad se procedió a la evaluación de los antecedentes para categorizar el servicio de la mencionada Institución según el Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a Personas con Discapacidad aprobado por Resolución Ministerial N° 1328/06.

Que para la evaluación mencionada se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 del Presidente del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad (PDSPBAIPD).

Que el día 7 de agosto de 2015 la Junta Evaluadora realizó el informe que hace a su competencia en el cual consta que la Institución "Hogar Virgen de Fátima", titularidad de León, Esther Sixta, se encuentra en condiciones de categorizar en la modalidad prestacional HOGAR.

Que consta en el expediente la Declaración Jurada de Población Asistida realizada por la Institución, cumplimentando el Punto 7.2.1 del Anexo II de la Resolución N° 02/13 del PDSPBAIPD.

Que obra agregado al expediente el Formulario de Constancia de Categorización correspondiendo dicho cupo al máximo admitido de acuerdo a la capacidad física del establecimiento y el equipamiento efectivamente existente al momento de la auditoría, conforme el Punto 7.2.2 del Anexo II de la precitada Resolución.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud del...

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