Resolucion Nº 1.455
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 20 de Agosto de 2015 |
RESOLUCION Nº 1.455
Mendoza, 20 de agosto de 2015
Visto el expediente 449-M-13-77770 (Cuerpos I al IV), en el cual se gestiona la categorización e inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad de la Institución "Nuevo Sol" titularidad de Mónica Magrini, CUIT N° 27-17544685-6, en la modalidad prestacional de Centro de Día, a través de la Junta Evaluadora Provincial dependiente de la Dirección de Infraestructura, Mantenimiento y Fiscalización; y
CONSIDERANDO:
Que la Institución "Nuevo Sol", cuenta con domicilio legal y real en Diagonal Carlos Pellegrini N° 2395, Distrito Ciudad, Departamento General Alvear, Mendoza.
Que obra agregada al expediente el Acta de la Auditoría en terreno llevada a cabo el día 7 de mayo de 2015, donde se procedió a notificar al Representante Legal del establecimiento.
Que en tal oportunidad se procedió a la evaluación de los antecedentes para categorizar el servicio de la mencionada Institución según el Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a Personas con Discapacidad aprobado por Resolución Ministerial N° 1328/06.
Que para la evaluación mencionada se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 del Presidente del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad (PDSPBAIPD).
Que el día 14 de mayo de 2015 la Junta Evaluadora realizó el informe que hace a su competencia en el cual consta que la Institución "Nuevo Sol", se encuentra en condiciones de categorizar en la modalidad prestacional Centro de Día.
Que consta en el expediente la Declaración Jurada de Población Asistida realizada por la Institución, cumplimentando el Punto 7.2.1 del Anexo II de la Resolución N° 02/13 del PDSPBAIPD.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud del Gobierno de Mendoza ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta por aplicación de la Ley N° 3909 de Procedimiento Administrativo y en virtud de las facultades conferidas a la Junta Evaluadora Provincial, por Res. N° 1992/12 y Res. N° 888/12, del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, respectivamente.
Por ello, según lo aconsejado por la Junta Evaluadora Provincial, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la...
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