Resolución Nº 1.069

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD.

Resolución Nº 1.069.

La Plata, 29 de junio de 2012.

VISTO el expediente Nº 21100-18.250/10 con agregado Nº 21100-18.250/10 alcance 1, por intermedio del cual se gestiona la aprobación de un Convenio Marco de Cooperación para la Implementación del Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras en el Territorio Bonaerense y su Addenda, suscriptos por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad del partido de Villa Gesell, y CONSIDERANDO:

Que con fecha 06 de octubre de 2010 se celebró entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado por su titular, doctor Ricardo CASAL y la municipalidad de Villa Gesell, representada en ese acto por el entonces Intendente Municipal, Jorge RODRIGUEZ ERNETA, un Convenio Marco de Cooperación para la Implementación del Programa de Instalación de Monitoreo integral por Cámaras en el territorio Bonaerense;

Que de acuerdo a lo establecido en las cláusula primera y cuarta del citado convenio, la municipalidad de Villa Gesell se compromete a instalar diez (10) Cámaras de seguridad y una (1) Sala de monitoreo de las mismas, con el soporte técnico y civil necesario para la puesta en funcionamiento, de acuerdo a las pautas y especificaciones que se señalan en el Anexo I de dicho acuerdo obligándose asimismo a acreditar su realización, sometiéndose a la fiscalización del Ministerio, rendir cuentas conforme lo establece el Anexo II del mismo y a permitir en todo momento la supervisión del curso de las obras;

Que conforme lo establecido en la cláusulas segunda y tercera, el Ministerio de Justicia y Seguridad asignará a la Municipalidad en carácter de aporte no reintegrable, la suma que resulte de las cotizaciones que el Municipio realice en el marco de las necesidades que se estimen suficientes para la implementación del proyecto en las condiciones exigidas en el precitado Anexo I, debiendo el municipio afectar ese monto al pago de los gastos que demande el proyecto;

Que mediante Ordenanza N° 2387/11, promulgada el 4 de febrero de 2011, por el Intendente Municipal, el Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell convalido el acuerdo suscripto con sus Anexos I y II.

Que a su tiempo fue suscripta entre las partes la pertinente addenda a fin de subsanar diversos aspectos procedimentales;

Que a través del expediente N° 21.100-17.588/10 –previa intervención de Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado- por Decreto N° 3417/11 el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires aprobó la operatoria en cuestión, autorizando al titular de esta Jurisdicción a suscribir y aprobar los apuntados convenios y addendas;

Que en esta instancia corresponde proceder al dictado del acto administrativo a través del cual se aprueba los instrumentos citados en el Visto;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias y el ARTÍCULO 2º del Decreto Nº 3417/11;

Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Aprobar el Convenio Marco...

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