Resolución Nº 1.390 de 15 de Mayo de 2007

La Plata, 15 de mayo de 2007

VISTO el Expediente Nº 5809-3937338/04, y

CONSIDERANDO:

Que por Convenio Nº 198 celebrado el 14 de Julio de 2004 y aprobado por Resolución Nº 2289/04, celebrado entre la Dirección General de Cultura y Educación y la Unión de Mujeres Platenses (U. Mu. Pla.) en el cual se propicia un plan de cooperación mixta entre ambas partes;

Que la propuesta de creación del Centro de Formación Profesional elaborada por U. Mu. Pla. cuenta con la infraestructura edilicia necesaria para su funcionamiento, la cual es aportada por esa Asociación;

Que dicho edificio esta en contrato de depósito por parte del Organización Nacional de Administración de Bienes (ONABE) a U.Mu.Pla. para el desarrollo de actividades que resulten del objeto de petición;

Que dicho edificio según consta en el mencionado expediente a fojas 27 es apto para el desempeño escolar;

Que el crecimiento demográfico del lugar y la necesidad de dar respuesta a los habitantes de la zona para su inserción en el mundo laboral es una obligación asumida por el sistema educativo provincial;

Que el mencionado pedido fue tratado en el ámbito de la Unidad Educativa de Gestión Distrital en el marco de las Resoluciones Nº 3232/06 y Nº 3869/06 y que según consta a fojas 33 el mismo fue aprobado por unanimidad;

Que la Dirección Provincial de Inspección General comparte el criterio emitido por la UEGD y la Jefatura respectiva;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Adultos y Formación Profesional emitiendo criterio favorable para la creación del mencionado Centro de Formación Profesional;

Que la Dirección de Información y Estadística intervino según lo pautado por Resolución Nº 1430/03;

Que la Dirección Provincial de Educación de Gestión Estatal emitió criterio respecto a la clasificación por desfavorabilidad que le corresponde al citado establecimiento;

Que la Dirección General de Administración emitió el informe respectivo;

Que la erogación señalada por la Dirección General de Administración correspondiente a los cargos necesarios para la creación del establecimiento está contemplada en la Ley 13612, Presupuesto General 2007;Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 33 inciso II) de la Ley 11.612, resulta viable el dictado del pertinente acto resolutivo;

Por ello;

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTICULO 1º

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