Resolución Nº 1.814

Fecha de disposición05 Mayo 2009
Fecha de publicación22 Julio 2010
Número de Gaceta26401

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Resolución Nº 1.814.

La Plata, 5 de mayo de 2009.

VISTO el expediente Nº 21.100-127.595/04 correspondiente a la causa contravencional Nº 1.906, en la que resulta imputada la prestadora de servicios de seguridad privada R Y P S.R.L., y CONSIDERANDO:

Que conforme el acta de fojas 2, labrada el 26 de agosto de 2004, en calles Segurola y Carlos Tejedor de la localidad de La Horqueta; se constató la existencia de una garita emplazada en la vía pública con logo de la empresa R Y P S.R.L y la presencia del vigilador de la misma empresa, Manuel Calisto CARABAJAL, DNI Nº 7.122.242, quien se encontraba realizando tareas de seguridad, vestía uniforme con escudo de la empresa mencionada, carecía de credencial habilitante y poseía un teléfono celular marca Kyocera, modelo 2135, serie Nº D06716309967;

Que la prestadora de servicios de seguridad privada R Y P S.R.L., se encuentra habilitada con fecha 4 de abril de 1995, mediante Resolución Nº 85.522, con sede autorizada en calle Campo de Mayo Nº 7.575 de la localidad de Villa Bosch;

Que la Dirección General Fiscalizadora de Agencias y Seguridad Privada, certifica que al momento de la inspección el personal, objetivo y equipo de comunicación constatados, no se encontraban declarados ante la Autoridad de Aplicación;

Que debidamente emplazada la imputada, no ejerció su derecho de defensa en tiempo y forma, dándosele por decaído el mismo;

Que el acta de inicio de estas actuaciones, reúne los extremos exigidos por el artículo 60 incisos 6) y 7) del Decreto Nº 1.897/02 y, por lo tanto, hace plena fe de los hechos pasados por ante los funcionarios intervinientes, cuyo contenido no ha sido desvirtuado por otras piezas de la causa;

Que del análisis de los elementos de cargo obrantes en la presente, ha quedado debidamente acreditado que la prestadora R Y P S.R.L., se encontraba al momento de efectuarse la constatación, prestando un servicio de seguridad sin haber comunicado en tiempo y forma la celebración del contrato, con personal que carecía de alta de vigilador y utilizaba un equipo de comunicación que no había...

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