Resolución Nº 1.122

EmisorMinisterio Desarrollo Social y Der. Hum.
Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2014

RESOLUCIÓN Nº 1.122

Mendoza, 15 de setiembre de 2014

Visto el expediente 536-D-2014-77743, en el cual obra la renuncia presentada por Dn. Ricardo Sergio Campos, con funciones en la Dirección Provincial de Atención Integral a Personas con Discapacidad, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente de referencia obra Notificación de Acuerdo de Prestación emanado de la Administración Nacional de la Seguridad Social – ANSES, de otorgamiento al Sr. Ricardo Sergio Campos del beneficio de Jubilación por Minusvalía.

Que mediante el Art. 1 de la Ley Nacional N° 20.475 - "Régimen Especial para Minusválidos", se consideran minusválidos, a aquellas personas cuya invalidez física o intelectual, certificada por autoridad sanitaria oficial, produzca en la capacidad laborativa una disminución mayor al 33 %. Asimismo su Art. 2° establece que tendrán derecho a la jubilación ordinaria los minusválidos con 20 años de servicio y 45 años de edad, cuando se hayan desempeñado en relación de dependencia o 50 años, como trabajador autónomo, siempre que acrediten fehacientemente, que durante los 10 años inmediatamente anteriores al cese o a la solicitud de beneficio, prestaron servicios en el estado de disminución física o psíquica prevista en el Art. 1° de la citada Ley.

Que obra a fs. 14/15 y vta. del expediente 536-D-2014-77743, Dictamen de Comisión Médica de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que certifica que el Sr. Ricardo Sergio Campos presenta un porcentaje del 48,33% de disminución de la capacidad laborativa actual, dejando constancia además que durante los 10 años inmediatamente anteriores a la solicitud el Sr. Campos presentaba, un porcentaje de disminución de la capacidad laborativa igual o mayor al 33 %, por lo que reúne las condiciones para acceder al Beneficio de Jubilación Ordinaria, exigidos por la Ley Nacional N° 20.475.

Que a fs. 18...

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