Resolución N° 1 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Marzo de 2023
EmisorMINISTERIO DE VINCULACIÓN COMUNITARIA, PROTOCOLO
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 44
CORDOBA, (R.A.) LUNES 6 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Que, del mismo modo, se aprobaron por parte de esta Comisión, las
condiciones generales del llamado, el cronograma del concurso y la cons-
titución de los tribunales de concurso provisorios.
Que, en virtud de las necesidades organizacionales existentes y de hacer
más eciente el proceso concursal, surge la necesidad de introducir modica-
ciones en los instrumentos mencionados en el párrafo precedente y sus recti-
catorios, en relación a condiciones generales del llamado y el cronograma.
Que, del mismo modo, es menester aprobar en esta instancia, los te-
marios y fuentes para la prueba de suciencia de los concursos cerrados.
Que, asimismo, la Dirección de Jurisdicción de RR.HH. de la Secreta-
ría General de la Gobernación informa la renuncia de alguno/s miembro/s
del tribunal de concurso y solicita la designación de los nuevos integrantes.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 16 y 18 de la Ley Nº 9361 y su
Decreto Reglamentario y en uso de sus atribuciones;
LA COMISIÓN LABORAL DE CONCURSO Y PROMOCIÓN
RESUELVE:
Artículo 1°: INCORPÓRASE al punto “II.1 Generalidades” de las condi-
ciones generales del llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición,
establecidas en el Anexo I de la Resolución Nº 2022/00000002 de fecha 01
de noviembre de 2022 de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción del
Ministerio de Coordinación, de la Secretaría General de la Gobernación y la
Secretaria de Ambiente y sus modicatorias, el siguiente párrafo:
“Cuando el llamado a concurso para la cobertura de cargos de Jefes
de Sección, División y Departamento, haya sido declarado desierto –en
los términos de la incorporación introducida por el artículo 3 del Decre-
to N° 1445/2022- y se realice una nueva convocatoria, el incumplimien-
to del requisito previsto en el punto II.3 de las presentes Bases, así
como el dispuesto en el acápite 1) o en el acápite 3) del subinciso A)
del inciso II) del Artículo 14 de la Ley N° 9361, impedirá la conclusión
del proceso de inscripción. En ese caso, el aspirante, a través del For-
mulario Digital habilitado, deberá manifestar la voluntad de participar
en el concurso e indicar la denominación del cargo al que se postula
durante el plazo de inscripción establecido a tal fin para todos los as-
pirantes, resultando dicha acción una condición previa obligatoria para
proceder según el Punto II.4 de las bases..
Artículo 2°: INCORPÓRASE al punto “II.4 Período excepcional: postu-
lantes que no concluyeron inscripción por incumplimiento de requisito” de las
condiciones generales del llamado a concurso de títulos, antecedentes y opo-
sición, establecidas en el Anexo I de la Resolución Nº 2022/00000002 de fecha
01 de noviembre de 2022 de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción del
Ministerio de Coordinación, de la Secretaría General de la Gobernación y la
Secretaria de Ambiente y sus modicatorias, el siguiente párrafo:
“Todos aquellos aspirantes que no hubieran podido concluir el proceso de
inscripción en concursos de Jefaturas de Sección, División y Departamen-
to declarados desiertos -conforme lo establecido en el Punto II.1 último
párrafo de las presentes Bases- dispondrán de un plazo comprendido entre
el 20/03/2023 y el 21/03/2023 inclusive, para solicitar formalmente su ad-
misión al concurso. A tal n, deberá presentar obligatoriamente el corres-
pondiente reclamo en la Plataforma Ciudadano Digital (CiDi) a través de
e-trámite, en la opción “Solicitud de revisión de requisitos (Concurso Tramo
Superior Año 2022)”, bajo apercibimiento de inadmisibilidad, junto con la
documentación de la que haya de valerse para acreditar el cumplimiento
del/los requisito/s que corresponda/n. En esa instancia, deberá además
completar el Formulario de Inscripción y la documentación pertinente.”.
Artículo 3°: SUSTITÚYESE el cronograma establecido mediante Re-
solución Nº 2022/00000002 de fecha 01 de noviembre de 2022 de la Co-
misión Laboral de Concurso y Promoción del Ministerio de Coordinación,
de la Secretaría General de la Gobernación y la Secretaria de Ambiente y
sus modicatorias, en lo referido a los concursos cerrados, el que quedará
redactado conforme al Anexo I de la presente Resolución.
Artículo 4°: APRUÉBANSE los temarios y fuentes para la prueba de
suciencia inherente a cada cargo a concursar conforme al detalle que
como Anexo II, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°: MODIFÍCASE la Resolución Nº2022/00000002 de fecha
01 de noviembre de 2022 de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción
del Ministerio de Coordinación, de la Secretaría General de la Goberna-
ción y la Secretaria de Ambiente y sus modicatorias en lo referente a los
miembros de los tribunales concursales para los cargo que se consignan,
los que quedarán integrados conforme al detalle que como Anexo III, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 6°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la Dirección de
Jurisdicción de RR.HH. de la Secretaría General de la Gobernación, publí-
quese en el Boletín Ocial y en el portal web y archívese.
FDO.: ALEJANDRO DANIEL TORANZO, JORGE MARIO RODRIGUEZ, OSVALDO
MARCOS MERLINO, LORENA ZANON ARGENTI – MIEMBROS DE LA COMISIÓN
LABORAL DE CONCURSO Y PROMOCIÓN DEL MINISTERIO DE COORDINACIÓN,
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN Y SECRETARÍA DE AMBIENTE.
ANEXOS
MINISTERIO DE LA MUJER
COMISIÓN LABORAL DE
CONCURSO Y PROMOCIÓN
Resolución N° 2 - Letra:-
Córdoba, 01 de marzo de 2023
VISTO: La Resolución Digital 2023/MM-RP 00000012 de fecha 17 de febre-
ro de 2023, del registro del Ministerio de la Mujer.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el citado instrumento legal se declaró desierto el llama-
do a concurso de títulos, antecedentes y oposición y se dispuso una nueva
convocatoria -en los términos del artículo 14, punto II) A) último párrafo de
la Ley Nº 9361-, para cubrir cargos del Tramo Personal Superior del Minis-
terio de la Mujer.

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