RESOLUCIÓN N.º 0601

Fecha09 Marzo 2021
Número de registro32818
EmisorDIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional” 02MAR 2021

VISTO:

El Expediente Nº 15201-0187289-6 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones dan cuenta de la irregularidad ocupacional detectada en la Unidad Habitacional individualizada como: MZ. 8419O – LOTE 13 – (Alvear Nº 8350) - (2D) – Nº de cuenta 6042-0294-3 – PLAN 6042 – 300 VIVIENDAS – SANTA FE – (Dpto. La Capital), adjudicada a los señores SUÁREZ, FEDERICO EMILIANO y FANCHINI, SILVANA DANIELA, por Resolución Nº 1498/07, según Boleto de Compra-Venta que se agrega a fs. 03/04;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 104833 (fs. 09) manifiesta que según surge de la planilla resumen de fs. 02, el inmueble está habitado por el tío del titular, registrando la cuenta una deuda considerable (fs. 08 -actualizado a fs. 10/11-);

Que las exigencias de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso tienen una directa relación con el deber de ocupación que constituye una obligación jurídica derivada del reglamento y del Boleto de Compraventa suscripto, de cumplimiento forzoso y necesario por parte de los titulares adjudicatarios y cuya consecuencia se sanciona con la desadjudicación tal cual lo prevé el mismo cuerpo de normas;

Que en consecuencia, dicha Asesoría Jurídica aconseja el dictado de la resolución que por aplicación de los Artículos 29 y 37 incisos b) y e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, disponga la desadjudicación y rescisión contractual con el consecuente desalojo por el procedimiento de ley. Se notificará al domicilio contractual y por edictos, y se aguardarán los plazos;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

Resuelve:

ARTICULO 1º: Desadjudicar la unidad habitacional identificada como: MZ. 8419O – LOTE 13 – (Alvear Nº 8350) - (2D) – Nº de cuenta 6042-0294-3 – PLAN 6042 – 300 VIVIENDAS – SANTA FE – (Dpto. La Capital), a los señores SUÁREZ, FEDERICO EMILIANO (D.N.I. Nº 26.460.182) y FANCHINI, SILVANA DANIELA (D.N.I. Nº 25.803.690), por aplicación de los Artículos 29 y 37 incisos b) y e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dándose por rescindido el Boleto de Compra-Venta oportunamente suscripto y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 1498/07.-

ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y...

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