Resolución N° 0124

Fecha de Entrada en Vigor13 de Abril de 2017
EmisorMinisterio de Gobierno y Reforma del Estado
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2016

MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

RESOLUCIÓN N° 0124

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

21 ABR 2016

VISTO:

El expediente N° 00101-0258067-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se propicia la derogación de la Resolución N° 0084/96 de la Ex Secretaria de Estado General y Técnica de la Gobernación (y sus modificatorias) y el dictado de una nueva reglamentación del trámite de las actuaciones administrativas en sede de la Secretaria Legal y Técnica de este Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, y;

CONSIDERANDO:

Que el referido decisorio estableció el procedimiento para la tramitación de las actuaciones administrativas relativas a decretos a dictarse por el Poder Ejecutivo Provincial, con el propósito de uniformar y sistematizar los existentes y fijar criterios normativos sobre su diligenciamiento en beneficio de la celeridad y prontitud de su resolución;

Que la nueva Ley Orgánica de Ministerios N° 13.509 asignó al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, entre otras competencias, entender en el trámite administrativo del despacho que cursen al señor Gobernador los Ministros y las Secretarías de Estado, actuando como elemento central de enlace y coordinación de los mismos, así como en el registro, protocolización, formación de índice y custodia de todo decreto que se suscriba (Artículo 17°, inciso 2°);

Que tales atribuciones legales han sido encuadradas, en la estructura orgánico-funcional de este Ministerio, dentro de las misiones y funciones de la Secretaría Legal y Técnica de esta jurisdicción (Decreto N° 0173/15);

Que el tiempo transcurrido desde la fecha del dictado de la mentada Resolución N° 0084/96 y las modificaciones normativas producidas en ese lapso sobre diferentes aspectos de las actuaciones administrativas (modificación del Decreto-Acuerdo N° 132/94, derogación del Decreto Acuerdo N° 10204/58 e implementación del nuevo reglamento de actuaciones administrativas aprobado por Decreto-Acuerdo N° 4174/15), tornan aconsejable dejar sin efecto la misma y contemplar nuevas pautas y criterios para su tramitación en el ámbito de la Secretaria Legal y Técnica de este Ministerio;

Que la medida propiciada pretende garantizar el cumplimiento del principio de economía procedimental contemplado en el Artículo 1° inciso 5°) del Decreto-Acuerdo N° 4174/15, dotando de mayor sencillez, celeridad y eficacia a las actuaciones que tramiten en sede de esa jurisdicción, en consonancia con la impronta que destaca a esta gestión de gobierno;

Que asimismo la presente se impulsa en el marco de la facultad conferida a este Ministerio por el Artículo 17°, inciso 28°) de la citada Ley N° 13.509 y se ajusta a lo dispuesto por el Decreto-Acuerdo N° 0132/94, modificado por su similar N° 1255/08, en orden a agilizar la actividad que desarrolla la Administración Pública, asegurando la efectiva vigencia de todos los principios que rigen el procedimiento administrativo;

Que ha tomado intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado mediante Dictamen N° 26/2016;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y

REFORMA DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Déjase sin efecto la Resolución N° 0084/96 y su modificatoria N° 205/08.

ARTÍCULO 2°

Establécese que la tramitación de las actuaciones administrativas relativas a decretos a dictarse por el titular del Poder Ejecutivo Provincial en sede de la Secretaria Legal y Técnica de este Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se regirá por los procedimientos contemplados en el “Anexo Único” que forma parte integrante de la presente resolución.-.

ARTÍCULO 3°

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr. PABLO GUSTAVO FARIAS

Ministro de Gobierno y

Reforma del Estado

ANEXO UNICO

PROCEDIMIENTOS PARA EL TRAMITE DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS EN SEDE DE LA SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO y REFORMA DEL ESTADO

Artículo 1°

La Dirección General de Despacho y Decretos será el órgano responsable de la clasificación, tramitación y control de los aspectos formales del despacho que se eleva a la firma del señor Gobernador conforme con lo establecido en la presente resolución y sin perjuicio de las demás intervenciones que, por imperio de la misma...

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