RESOLUCIÓN N° 008/23 GRAL.

Fecha24 Abril 2023
Número de registro39461
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 18 ABRIL 2023

VISTO:

El Expediente N° 13301-0327613-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.) y las disposiciones del relativas a los trámites vinculados con las marcas y señales de ganado, las cuales establecen, salvo prueba en contrario, la presunción de propiedad respecto a todo animal que las lleve; y

CONSIDERANDO:

Que la Administración Provincial de Impuestos tiene a su cargo en la Provincia de Santa Fe todo lo relacionado con el registro y otorgamiento de marcas y señales que se efectúan sobre los animales todo conforme a lo dispuesto en los artículos 144 ss. y cc. del Código Rural - Ley N° 1108 y modificatorias;

Que la marca es la impresión de un dibujo o diseño que se efectúa sobre el animal, por medio de hierro candente, de marcación en frío, o de cualquier procedimiento que asegure la permanencia en forma clara e indeleble, mientras la señal es un corte, o incisión, o perforación, o grabación hecha a fuego, en la oreja del animal;

Que las mismas hacen presumir, salvo prueba en contrario, que el ganado mayor marcado y el ganado menor señalado, pertenece a quien tiene registrado a su nombre el diseño de la marca o señal;

Que a tal efecto la Administración Provincial de Impuestos aprobó, a través de la Resolución General N° 011/2016, la utilización de distintos formularios para la realización de los trámites vinculados con marcas y señales del ganado, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe;

Que en esta instancia y a fin de mejorar los servicios brindados a los contribuyentes, se han realizados tareas conjuntamente con el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnologías, con el objeto de generar una aplicación web para la tramitación de las Marcas Nuevas y para la Renovación de las Marcas, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe;

Que a partir de la implementación de dicha aplicación, los contribuyentes podrán solicitar las marcas nuevas y la renovación de las marcas cargando los datos requeridos de una forma ágil y segura, como así también podrán adjuntar la documentación necesaria para dichos trámites;

Que la aplicación informática desarrollada permite preservar la seguridad de la información que se transmite por vía electrónica y, al mismo tiempo, cumplir con el encuadramiento del secreto fiscal previsto en el Art. 150 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que el acceso a la aplicación informática por parte de los contribuyentes se realizará utilizando la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la que permitirá autenticarse en dicho organismo tributario nacional en cada oportunidad que ingresen a dicha aplicación;

Que para el desarrollo e implementación ha tomado intervención conforme a su competencia la Dirección de Seguridad de Información, la Dirección de Recaudación de la Administración Regional Santa Fe y las áreas específicas del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnologías;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que la Dirección General Técnica y Jurídica ha emitido el Dictamen N° 187/2023 de fs. 7, no encontrando objeciones que formular al texto propuesto;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Apruébese la aplicación informática denominada Inscripción de Marca Nueva y Renovación de Marca disponible en la página de www.santafe.gov.ar/api, mediante la cual los contribuyentes podrán solicitar Marca Nueva y la Renovación de Marca siguiendo el Instructivo del Anexo I que se aprueba y forma parte de la presente.

Se accederá al servicio ingresando a: www.santafe.ar/api - Box de Destacados: Marcas Inscripción - Renovación - Trámite: Marcas: Inscripción de Marca Nueva - Renovación de Marca o desde www.santafe.gov.ar/api - Temas: Impuesto de Sellos - Trámite: Marcas y Señales: Inscripción de Marca Nueva - Renovación de Marca.

ARTÍCULO 2.- Apruébese la utilización de los siguientes formularios: Formulario N° 1087 - Permiso de Construcción de Marca, Formulario N° 1088 - Facsimil de Marca, disponibles en la aplicación web que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución.

ARTÍCULO 3.- Las disposiciones de la presente resolución entrarán en vigencia a partir del 18 de Abril de 2023.

ARTÍCULO 4.- Regístrese, publíquese, comuníquese por newsletter institucional a través de la Dirección General de Coordinación y archívese.

ANEXO I

INSTRUCTIVO

TRAMITE DE INSCRIPCION DE MARCA NUEVA Y RENOVACIÓN DE MARCA

REQUISITOS.

El contribuyente deberá contar con:

CUIT (Clave única de Identificación Tributaria).

Clave Fiscal - Nivel 3 otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP -.

El servicio API MPCYT-SANTAFE GESTIÓN DE MARCAS Y SEÑALES habilitado en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP -.

RUPP - Registro Único de Producciones Primarios

Constancia de Cumplimiento Fiscal de esta Administración Provincial de Impuestos vigente.

Tener actividad ganadera declarada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. • Ticket de Pago de la Tasa Retributiva de Servicio de los Formularios Nº 1087, 1221 y 1223.

PROCEDIMIENTO.

PRIMERO: El contribuyente para acceder al trámite Inscripción de Marca Nueva y Renovación de Marca disponible en el sitio Web de la Provincia de Santa Fe, deberá:

Habilitar, ingresando en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP - www.afip.gov.ar con su CUIT y Clave Fiscal, el servicio API MPCYTSANTAFE GESTIÓN DE MARCAS Y SEÑALES siguiendo la secuencia que se describe a continuación:

1. Administrador de Relaciones de Clave Fiscal

2. Seleccionar Nueva Relación

3. Desde la opción Buscar ingresar en Administración Provincial de Impuestos - Servicios Interactivos - API MPCYT-SANTA FE GESTIÓN DE MARCAS Y SEÑALES Seleccionar: confirmar e ingresar la CUIT del usuario a quien delega la utilización del servicio, que puede ser la CUIT del mismo administrador (contribuyente) o de un tercero a quien se le delega como usuario del servicio.

4. Confirmar y obtener el formulario con habilitación del servicio

Cuando se designen terceros para acceder a este servicio, el sujeto designado deberá ingresar con su Clave única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP - en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR