RESOLUCIÓN N° 0002

Fecha11 Abril 2019
Número de registro28208
EmisorMINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

05/ABR/2019

VISTO:

El Expediente N° 00101-0283857-9 del registro de Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de y Reforma del Estado-, mediante el cual el Secretario de Juventudes dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado requiere se formalice la convocatoria 2019 al Programa Becas de la Reforma, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Provincial Nº 1392 de fecha 15 de junio de 2016 y sus modificatorio N° 0503/17 y Nº 097/19 se crea y reglamenta el Programa de Becas de la Reforma, con el objetivo de facilitar el acceso y la permanencia de los y las jóvenes que estudien o deseen hacerlo en el nivel superior de educación fuera de su localidad de procedencia, Que ante los múltiples problemas sociales que aquejan a nuestra sociedad y a los jóvenes en particular, esta gestión de gobierno entiende primordial pensar e implementar un conjunto de políticas que apuntan a garantizar el desarrollo pleno de las juventudes en materia educativa, y; Que frente al incremento de los costos de vida se hace cada vez más dificultosa para muchos jóvenes la continuidad de sus estudios de educación superior siendo menester modificar el Reglamento General de Becas de la Reforma para poder incluir a más jóvenes de nuestra provincia en el Programa y poder implementar el mismo con mayor celeridad;

Que la presente se dicta conforme lo establecido en el art. 3 del Decreto Provincial Nº 1392/16 y sus modificatorio N° 0503/17 y Nº 097/19;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE JUVENTUDES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° Llamar a Convocatoria del Programa Provincial Becas de la Reforma, de conformidad con el Decreto N° 1392/16 y sus modificatorio N° 0503/17 y Nº 097/19, con el objeto de beneficiar a estudiantes de la provincia de Santa Fe, para los meses de marzo a diciembre del corriente año.

ARTICULO 2° Aprobar el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, y periodo de convocatoria que como Anexo Único, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3° Comunicar al Poder Ejecutivo por conducto del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.

ARTICULO 4° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PABLO F. LAMBERTO Secretario de Juventudes Secretario

Nota: Se publica sin el anexo pudiéndose consultar en el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.-

S/C 28208 Abr 11

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