Resolucion 104/2008 - Mep

Fecha de disposición05 Marzo 2008
Fecha de publicación05 Marzo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31359

Endeudamiento:

No se prevé ningún endeudamiento fuera del normal al fin del negocio. En tal sentido existen sentencias judiciales que serían afrontadas con recursos propios.

Otras:

Se continúa desarrollando la página web de Canal 7 así como la presentación de un nuevo portal para Radio Nacional.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar Ministerio de Economía y Producción COMERCIO EXTERIOR Resolución 104/2008

Fíjase un valor mínimo de exportación FOB provisional por unidad para las operaciones de importación de planchas secas y planchas a vapor originarias de la República Popular China.

Bs. As., 28/2/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0321632/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto las empresas productoras nacionales METALURGICA CRIVEL S.C. y METALURGICA SAN REMO S.R.L. solicitaron el inicio de una investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de planchas eléctricas, originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8516.40.00.

Que mediante la Resolución Nº 171 de fecha 19 de abril de 2007 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se declaró procedente la apertura de la investigación.

Que la Dirección de Competencia Desleal dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION elevó, con fecha 23 de agosto de 2007, el correspondiente Informe de Determinación Preliminar del Margen de Dumping, del cual surgiría preliminarmente la existencia de un presunto margen de dumping en las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de planchas eléctricas, de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO COMA TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (294,39%) para la REPUBLICA POPULAR CHINA.

las importaciones originarias de China causan daño importante a la rama de producción nacional'.

el daño importante a la rama de producción nacional de planchas eléctricas es causado por las importaciones con dumping originarias de la República Popular China'.

'.

'.

Que la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, sobre la base de lo recomendado por la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, elevó su recomendación relativa a la aplicación de medidas antidumping provisionales al producto objeto de investigación a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que las Resoluciones Nros. 763 de fecha 7 de junio de 1996 y 381 de fecha 1...

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