Resolución Interna N° 37/DPCABA/20

EmisorDefensoría del Pueblo de la CABA
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN INTERNA N.° 37/DPCABA/20
Buenos Aires, 28 de enero de 2020
VISTO: El artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
Ley Nº 3 y la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764, las Disposiciones Nº 61/14,
N°61/15y 56/19 y la Carpeta Madre N° 02/20 de esta Defensoría del Pueblo; y
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó a la
Defensoría del Pueblo como órgano unipersonal e independiente, con autonomía
funcional y autarquía financiera, dotándola de personería jurídica con legitimación
procesal;
La mencionada Ley Nº 3 que reglamenta la conformación del organismo, otorga al
Defensor del Pueblo, en su artículo 13, incisos n) y o), las atribuciones de dictar el
reglamento interno y toda otra acción conducente al mejor ejercicio de sus funciones;
Mediante las Disposiciones Nº 61/14 y Nº 61/15 se aprobó la reglamentación de la Ley
Nº 2095 para ser aplicado en el ámbito de la Defensoría del Pueblo;
En virtud del artículo 1 de la Disposición N° 56/19, la Subconducción Ejecutiva Técnica
y Administrativa, en su carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones, llevará a cabo
los procedimientos establecidos para efectuar la contratación solicitada;
Mediante Disposición Nº 128/2015, fue aprobado el Pliego de Condiciones Generales
para las compras y contrataciones que realice la Defensoría del Pueblo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, publicado en el BOCBA N° 4708 del 26/08/2015;
Mediante Memo N° 43126/19 la Coordinación Operativa de Gestión Interna y
Abastecimiento solicitó la contratación del servicio anual de catering;
En razón de lo expuesto y habiéndose determinado, por parte de la Unidad Operativa
de Adquisiciones la modalidad de contratación, corresponde efectuar el llamado a
Licitación Pública, de acuerdo a lo normado en el artículo 31 de la Ley 2095, y aprobar
el Pliego de Condiciones Particulares para la contratación del "servicio anual de
catering" para la Defensoría del Pueblo;
La Conducción Ejecutiva de Asuntos Legales, en su carácter de Servicio Jurídico
Permanente ha tomado la intervención que le corresponde en orden a sus
competencias;
Por todo ello y en uso de las facultades que le confiere el artículo 13, inc. n) y o) de la
Ley N° 3;
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Llamar a Licitación Pública N° 2/20 para la contratación del "servicio anual
de catering" por un monto estimado de pesos: cuatro millones quinientos mil con
00/100 centavos ($4.500.000,00).
Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas
de la Licitación Pública referida en el artículo precedente, que como Anexo I integra la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5793 - 03/02/2020

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