Resolución Interna Nº 149/GCABA/DDPCABA/17

FirmantesAmor
EmisorDEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VISTO:

El artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el artículo

13 incisos n) y o) de la Ley N° 3, la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley N° 4764, la

Disposición N° 61/2014 de esta Defensoría y el Memorando N° 39156 y

39158/17/2017 de la Intendencia de Infraestructura y Mantenimiento:

Y CONSIDERANDO QUE:

El artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó a la

Defensoría del Pueblo como órgano unipersonal e independiente, con autonomía

funcional y autarquía financiera, dotándola de personería jurídica con legitimación

procesal.

La mencionada Ley N° 3 que reglamenta la conformación del organismo, otorga al

Defensor del Pueblo, en su artículo 13, incisos n) y o), las atribuciones de dictar el

reglamento interno y toda otra acción conducente al mejor ejercicio de sus funciones.

Mediante las Disposiciones N° 61/2014 y N° 61/2015 se aprobó la reglamentación de

la Ley N° 2095 para ser aplicado en el ámbito de la Defensoría del Pueblo.

En virtud del artículo 17 (Anexo I) de la Disposición N° 61/2014, la Dirección

Económica y Financiera en su carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones llevará a

cabo los procedimientos establecidos para efectuar la contratación solicitada.

Mediante Disposición N° 128/2015, fue aprobado el Pliego de Condiciones Generales

para las compras y contrataciones que realice la Defensoría del Pueblo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, publicado en el BOCBA N° 4708 del 26/08/2015.

En razón de lo expuesto y habiéndose determinado a fs. 3 por parte de la Unidad

Operativa de Adquisiciones la modalidad de contratación, corresponde efectuar el

llamado a Licitación Pública, de acuerdo a lo normado en el artículo 31 de la Ley

2095, y aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas

para la "Adquisición, Instalación y Mantenimiento de Sistema de detección y Aviso de

incendio para la sedes de Av. Belgrano 673 y Av. Paseo Colón 484 " de la Defensoría

del Pueblo.

La Subsecretaría de Asuntos Legales, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente

ha tomado la intervención que le corresponde en orden a sus competencias.

Por todo ello y en uso de las facultades que le confiere el artículo 13, inc. n) y o) de la

Ley N° 3.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Llámase a Licitación Pública para la la...

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