RESOLUCIÓN GRAL Nº 031/2022

Fecha22 Diciembre 2022
Número de registro38383
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional

13/12/2022

VISTO:

El Expediente Nº 13301-0325059-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes y las disposiciones de la RG 18/2022, y;

CONSIDERANDO:

Que por la citada resolución se determinó el importe límite establecido en los incisos m) y n) del artículo 166 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) para otorgar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario a los inmuebles cuya titularidad pertenezca a discapacitados y a jubilados y pensionados, respectivamente, el que se fijó en la suma de $ 50.265.- (pesos cincuenta mil doscientos sesenta y cinco);

Que por Decreto Nº 1913/2022 se ha homologado el Acta Acuerdo Nº 03/2022 de la Comisión Paritaria Central por el cual se fija la escala salarial en el ámbito de la Provincia de Santa Fe;

Que por el artículo 7 de la citada norma se establecen los montos mínimos de la Jubilación y Pensión Provincial con vigencia a partir del 1º de septiembre de 2022;

Que el cuarto párrafo del artículo 167 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) autoriza al Poder Ejecutivo, a través de esta Administración Provincial de Impuestos a modificar en más los límites establecidos en los incisos m) y n) del artículo 166 de la citada norma fiscal;

Que atento a ello, resulta aconsejable establecer el importe límite antes citado en la suma de $ 62.555.- (pesos sesenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco), correspondiente al mayor valor de la escala establecida por el artículo 7 del Decreto Nº 1913/2022;

Que la Dirección General Técnica y Jurídica se ha expedido mediante el Dictamen Nº 511/2022 de fs. 15, no advirtiendo objeciones de índole legal que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º - Modificar el importe límite establecido en los incisos m) y n) del artículo 166 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) para otorgar la exención de pago del Impuesto Inmobiliario a los inmuebles cuya titularidad pertenezca a discapacitados y a jubilados y pensionados, respectivamente, el que se fija en la suma de $ 62.555.- (pesos sesenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco).

ARTÍCULO 2º - La presente resolución entrará en vigencia a partir de su dictado.

ARTÍCULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Firma: DR. MARTIN G. AVALOS

Administrador Provincial Impuestos

S/C 38383 Dic. 22

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