Resolución General N° 94 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor28 de Enero de 2022
EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos - ERSEP
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 23
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 28 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
de los consumos registrados desde el primero de enero de 2022 sobre los
valores tarifarios vigentes al 31/12/2021, y un tramo de 25,00% a aplicarse a
partir de los consumos registrados desde el primero de Marzo de 2022 sobre
los valores tarifarios vigentes al 28/02/2022, en los términos propuestos en
el Informe Técnico N° 124/2021 del Área de Costos y Tarifas, resultando de
aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I y II.-
Artículo 2°): El Directorio podrá realizar sucesivos ajustes por simple
resolución en el marco de la audiencia ya realizada y por el máximo eco-
nómico que de su análisis resulta.
Artículo 3º): ORDENASE a la Cooperativa que proceda a realizar la
apertura de la nueva categoría “Domestico Jubilado” en función de los con-
siderandos y emplear para su aplicación los requisitos establecidos en el
Anexo III que se agrega a la presente.-
Artículo 4°): PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente
y Juez de Faltas Regulatorio con copia.-
Artículo 5°): PROTOCOLÍCESE, comuníquese, y dese copias.-
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICE-
PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER SCAVINO, VOCAL
- FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ANEXO
Resolución General N° 94
Córdoba, 22 de diciembre de 2021.-
Ref.: Expte. N° 0521-062360/2021/R6.-
Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la presen-
tación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Sanea-
miento COOPERATIVA DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS, CONSUMO
Y VIVIENDAS VILLA RETIRO LIMITADA por la cual solicita incrementar la
tarifa, aduciendo un incremento en los costos del servicio.-
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente, Mario A. Blanco, y de los Vocales José Luis Scarlatto,
Luis A. Sánchez y Walter Scavino.
Que atento a la normativa vigente corresponde al ERSeP el tratamiento
de la cuestión planteada. En efecto, el artículo 22 de la Ley Nº 8835 –Carta
del Ciudadano- dispone “El ERSeP tendrá como cometido la regulación de
todos los servicios públicos que se presten en el territorio provincial, con
excepción de los de carácter nacional y los municipales que no excedan el
ámbito de un solo municipio o comuna (...)”.-
Que por su parte, el articulo 25 inciso h) del cuerpo legal precitado
establece que es competencia de este Organismo, Aprobar las modi-
caciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los
servicios a cargo de los prestadores (...)”; como así también (Art. 25, inc
g):”Controlar el cumplimiento de los planes de mejora y expansión de los
servicios y de los de inversión, operación y mantenimiento, a cargo de los
prestadores.
Que asimismo resulta aplicable al caso el marco normativo que rige la
materia, esto es el Decreto Nº 529/94 -Marco Regulador de los Servicios
Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales en la Provincia de Cór-
doba-, el Decreto 4560–C–1955– Reglamentación de Servicios Sanitarios
por Particulares y demás reglamentación contemplada en los mismos.-
Que así el decreto 529/94, en su artículo 2 –Ámbito de Aplicación-
establece: “Se dene como ámbito de aplicación a todo el territorio de la
Provincia de Córdoba”, ámbito servido de la prestadora presentante, y en
su artículo 5 -Alcances de la Normativa- dispone: “Este Marco Regulador
es de cumplimiento obligatorio para la prestación de los Servicios Públicos
de Agua Potable y Desagües Cloacales en el ámbito de aplicación denido
en el Artículo 2. Rigen igualmente “(…) Los decretos, reglamentos y orde-
nanzas de carácter provincial o municipal, vigentes al momento de la pro-
mulgación de este Marco Regulador continuarán en vigor en todo aquello
que no se oponga al mismo, del que constituirán normativa supletoria”.-
Que por su parte, los artículos 35 a 43 del Decreto 529/94 –Modica-
ciones de Precios y Tarifas - establecen que los precios y tarifas podrán
sufrir ajustes derivados de cambios en las condiciones de prestación y los
distintos criterios del Régimen Económico de la Prestación de los Servicios
en un todo concordante con lo prescripto por la ley 8836.-
Que por su parte el Honorable Directorio en el Expediente N°0521-
050276/2016 con fecha 13 de marzo de 2016, dicta Resolución Número
14/2016 que en su Artículo 1 y 2 dispone “ARTÍCULO 1°: APRUEBASE
el Régimen Tar ifario Único de los prestadores de Agua Potable y Sanea-
miento de la Provincia de Córdoba, conforme los términos del Anexo I de
la presente Resolución. ARTÍCULO 2°: APRUEBASE la Estructura Tarifaria
Única para los Cuadros Tarifarios de los prestadores abarcados por el pre-
sente régimen conforme lo previsto en el Anexo II de esta Resolución.(…)”
Que a los nes de fundamentar el pedido de Revisión Tarifaria se agre-
ga, en el presente Referente, documentación acompañada por la prestado-
ra mencionada, entre la que se cuenta: a) solicitudes de revisión tarifaria y
b) información relativa a ingresos y costos, y demás documentación a los
nes de cumplimentar con lo previsto por el Artículo 2 de la Resolución
General ERSeP N° 14/2016 requerida a los nes de la evaluación.-
Que en relación a lo anterior se puede destacar que obra en autos la
siguiente documental a saber: a) Presentaciones efectuadas por la Coope-
rativa de Obras, Servicios Públicos, Consumo y Viviendas Villa Retiro Limi-
tada por la que solicita la recomposición de la tarifa, aduciendo incremento
de costos operativos de fechas 24 de Septiembre de 2021, 14 de Octubre
de 2021 y 01 de Diciembre de 2021, b) Informe del Área de Costos y Tarifas
Nº 123/2021; c) Copia de la Resolución General ERSeP N° 37/2019 de
fecha 13 de Mayo de 2021; y d) Copia de la Resolución ERSeP N° 1817 de
fecha 17 de Noviembre de 2021, por la que se dispuso en su artículo pri-
mero: “……CONVÓCASE a Audiencia Pública para el día 09 de Diciembre
de 2021, según lo detallado en el Anexo I, a los nes del tratamiento de las
solicitudes de revisión tarifaria de las prestadoras de los Servicios de Agua
Potable y Desagües Cloacales de la Provincia de Córdoba, a saber (….)
6) Cooperativa de Obras, Servicios Públicos, Consumo y Viviendas Villa
Retiro Limitada ( …) conforme al Anexo Único que en una foja útil forma
parte de la presente resolución”.-
Que por su par te, el artículo 20 de la Ley Nº 8835, según modicación
introducida por la Ley Nº 9318, dispone que la autoridad regulatoria deberá

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