Resolución General N° 32 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Mayo de 2022
EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos - ERSEP
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
35
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 100
CORDOBA, (R.A.) MARTES 17 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
(FC); en el marco del presente procedimiento y de la Audiencia Pública cele-
brada con fecha 21 de abril de 2022, el ERSeP podrá analizar y aprobar cada
petición, examinando los elementos que se incorporen oportunamente.
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE que, en relación a la aprobación del
mecanismo de Pass Through, que permita a la EPEC el traslado a tarifas
de toda variación de los costos y precios de compra de la energía eléctri-
ca y potencia, incluyendo los que surjan de las ampliaciones del Sistema
Argentino de Interconexión (SADI), considerando los índices de pérdidas y
factores de carga correspondientes; en el marco del presente procedimien-
to y de la Audiencia Pública celebrada con fecha 21 de abril de 2022, el
ERSeP podrá analizar y aprobar cada petición, examinando los elementos
que se incorporen oportunamente.
ARTÍCULO 4º: PRÉSTASE conformidad al nuevo modelo de factura
del servicio eléctrico expuesto por la EPEC.
ARTÍCULO 5º: PRÉSTASE conformidad respecto de la instrumenta-
ción por parte de la EPEC, de las herramientas informáticas y tecnologías
aplicadas al desarrollo de la página web y aplicación relacionada con la
autogestión por parte de los propios Usuarios, como también en lo atinente
a la instalación de sistemas de telemedición y medición inteligente.
ARTÍCULO 6º: ESTABLÉCESE que, en relación a la aprobación del me-
canismo de Pass Through que permita cubrir las variaciones de los costos de
compra de las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribu-
ción de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba, en cada oportunidad
que ello sea necesario; se podrá continuar con su tratamiento y aprobación,
especícamente en el mismo procedimiento e instrumento por medio de los
cuales el ERSeP analice y autorice el ajuste de las respectivas tarifas de com-
pra, haciendo extensivo dicho método al traslado de todos los costos, precios,
cargos, incidencias de fondos, demás conceptos y/o sus variaciones, a los que
el mismo resulte aplicable, en el marco del presente procedimiento y de la Au-
diencia Pública celebrada con fecha 21 de abril de 2022.
ARTÍCULO 7º: ESTABLÉCESE que, en relación a la autorización de
recomposiciones tarifarias trimestrales requerida por las Cooperativas
Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica
de la Provincia de Córdoba, en base a las variaciones de costos que pu-
dieran producirse, el ERSeP podrá evaluar la pertinencia de cada petición,
examinando los elementos que se incorporen oportunamente, en el marco
del presente procedimiento y de la Audiencia Pública celebrada con fecha
21 de abril de 2022.
ARTÍCULO 8º: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dese copia y publí-
quese en el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba. -
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE, JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICE-
PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - FACUNDO CARLOS COR-
TES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ – VOCAL
Resolución General N° 32
Córdoba, 04 de mayo de 2022.-
Y VISTO: El Expediente N° 0521-063952/2022 Nota N° 040021 505 962 022
C.I. N° 9025/2022 en el que obra la presentación de la COOPERATIVA DE
ELECTRICIDAD Y ANEXOS LIMITADA - C.E.Y.A.L., de la localidad de Vicuña
Mackenna, mediante la cual solicita al Ente Regulador de los Servicios Públicos
(ERSeP), la incorporación en su Cuadro Tarifario, de la Tarifa de Peaje para el
Servicio de Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT),
mediante la inclusión de la Tarifa N° 9 - Servicio de Peaje y adicionalmente los
cargos y/o fondos que pudieren corresponder, en el marco de las previsiones
del artículo 9º de la Resolución General ERSeP Nº 89/2018.
Y CONSIDERANDO:
I. Que la Ley Provincial N° 8835 (Carta del Ciudadano, en su artículo 25
inc. h), enumera como competencia del ERSeP, “Aprobar las modicaciones,
revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo
de los prestadores, de acuerdo con los términos de los títulos habilitantes”.
II. Que por su parte, el artículo 20 de la Ley Provincial Nº 8835, se-
gún modicación introducida por la Ley Provincial Nº 9318, dispone que
la autoridad regulatoria deberá convocar a Audiencia Pública, “…cuando
el informe o tratamiento se relacione con la modicación de los cuadros
tarifarios de los servicios públicos, en forma previa a su implementación..
Que la convocatoria a Audiencia Pública, en forma previa al dictado de un
acto administrativo de carácter general, se hace necesaria a los nes de ase-
gurar la transparencia y la eciencia en la toma de una decisión respectiva.
Que mediante Resolución General ERSeP Nº 40/2016, se puso en vi-
gencia el Reglamento General de Audiencias Públicas, y que el mismo pres-
cribe el dictado, por parte del Ente Regulador, de una resolución por la cual
se ordene la convocatoria a Audiencia Pública, haciendo mención del lugar
y la fecha de celebración de la misma, lugar o lugares en donde se puede
recabar mayor información, el plazo para la presentación de la solicitud de
participación de los interesados, pretensiones y pruebas, breve explicación
del procedimiento y toda otra información que se estime pertinente.
Que con fecha 30 de noviembre de 2018 ingresó al ERSeP la Nota Nº
908407 059 24 018, presentada por parte de la Federación Argentina de
Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Limitada (FACE) y
de la Federación de Cooperativas Eléctricas y Obras y Servicios Públicos
Limitada de la Provincia de Córdoba (FECESCOR), como así también pos-
teriores notas de Cooperativas no asociadas a las referidas federaciones,
pretendiendo, entre otros aspectos, la incorporación de las Tarifas de Pea-
je por Transporte Firme a los respectivos Cuadros Tarifarios de las Coo-
perativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía
Eléctrica en la Provincia de Córdoba, calculadas conforme a los criterios
denidos en la Resolución General ERSeP Nº 14/2011.
Que por medio de Resolución ERSeP Nº 2659/2018, se convocó a
Audiencia Pública, la cual se celebró con fecha 21 de diciembre de 2018,
siendo uno de los puntos de su objeto, la “Incorporación en cada Cuadro
Tarifario, de las Tarifas de Peaje por Transporte Firme para las Coopera-
tivas que tengan prevista la categoría Grandes Usuarios, o para las que,
aún sin tenerla prevista, lo requieran en el marco de la Audiencia Pública
convocada por la presente resolución, calculadas conforme a los criterios
denidos en la Resolución General ERSeP Nº 14/2011.”.
Que seguidamente, con fecha 27 de diciembre de 2018, el Directorio
de este Organismo dictó la Resolución General ERSeP Nº 89, por medio

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR