Resolucion General Nº 2083 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 21 de Febrero de 2017 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 85
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 29 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
encuentran a cargo de esta Dirección, ingresando con clave al portal de
esta Dirección www.rentasweb.gob.ar..
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
Fdo: CR. LUCIANO G. MAJLIS, DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
ANEXO: http://goo.gl/zWoM9h
Resolución General N° 2083
Córdoba, 28 de Abril de 2016.-
VISTO: Los nuevos Formularios F-1005 Rev. 00 “CONSTANCIA DE
INSCRIPCIÓN AGENTES DE INFORMACIÓN” y F-1006 Rev. 00 “CONS-
TANCIA DE PRESENTACIÓN DE DDJJ AGENTES DE INFORMACIÓN”;
Y CONSIDERANDO:
QUE a través de la Resolución de la Secretaria de Ingresos Públicos
N° 09/2016 de fecha (B.O. 05/04/2016) se incorporó el nuevo Régimen de
Agentes de Información para las Terminales automotrices, importadores
y/o concesionarios o agentes ociales de venta, que resulten contribuyen-
tes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provin-
cia de Córdoba.
QUE la Agentes obligados podrán inscribirse a través de la Página Web
de la Dirección General de Rentas www.rentasweb.gov.ar-, y el sistema
emitirá el F-1005 Rev. 00 “CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN AGENTES DE
INFORMACIÓN” el cual tendrá el carácter de Constancia de Inscripción
válida para todos sus efectos.
QUE también resulta necesario aprobar el Formulario F-1006 Rev. 00
“CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE DDJJ AGENTES DE INFORMA-
CIÓN”, el cual tendrá el carácter de constancia del presentación de la De-
claración Jurada Trimestral que emitirá el sistema a través de la Web de
esta Dirección.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17
y 19 del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y modicatoria;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Formulario F-1005 Rev. 00 “CONSTAN-
CIA DE INSCRIPCIÓN AGENTES DE INFORMACIÓN” que se adjunta a la
presente, el cual tendrá el carácter de constancia de inscripción válida para
todos sus efectos.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR el Formulario F-1006 Rev. 00 “CONSTAN-
CIA DE PRESENTACIÓN DE DDJJ AGENTES DE INFORMACIÓN”, que
se adjunta a la presente, el cual tendrá el carácter de constancia del pre-
sentación de la Declaración Jurada Trimestral que emitirá el sistema a tra-
vés de la Web de esta Dirección.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO: CR. LUCIANO G. MAJLIS, DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
ANEXO: http://goo.gl/8XQbbD
Resolución Normativa N° 18
Córdoba, 28 de Abril de 2016.-
VISTO: La Ley N° 10.323 (B.O. 04/12/2015) modicatoria del Código
Tributario Provincial - Ley 6006 T.O. 2015 y Modicatoria - y la Resolución
N° 9/2016 (B.O. 05-04-2016) de la Secretaría de Ingresos Públicos y la
Resolución Normativa N° 1/2015 y modicatorias (B.O. 02-12-2015);
Y CONSIDERANDO:
QUE la mencionada ley modicatoria del Código Tributario Provincial
-Ley N° 6006 TO. 2015- incorporó el inciso e) al artículo 197° del citado
ordenamiento, por el cual se dispone una base imponible por diferencia
de precio de venta y de compra para la actividad de comercialización de
unidades 0 km por parte de las concesionarias de automotores o agentes
ociales de venta, con vigencia a partir del 1° de Enero del 2016.
QUE la Resolución de la Secretaria de Ingresos Públicos mencionada
estableció un Régimen de Información en el cual las terminales automo-
trices y/o importadores y/o los concesionarios o agentes ociales de ven-
ta que resulten contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos en la Provincia de Córdoba, ya sea como Locales o de
Convenio Multilateral, informen trimestralmente a esta Dirección General
de Rentas, los datos vinculados a volúmenes y sujetos intervinientes en la
comercialización de los referidos automotores nuevos (0 Km).
QUE por la facultad otorgada por el Artículo 5° de la Resolución N°
9/2016 de la Secretaría de Ingresos Públicos resulta necesario modicar
la Resolución Normativa Nº 1/2015 y modicatorias reglamentando el ré-
gimen e incorporando en los Anexos del mismo texto legal el diseño del
archivo que los Agentes de Información para las terminales automotrices
y/o importadores y/o los concesionarios o agentes ociales de venta, que
resulten contribuyentes y/o responsables, deben aportar a la Dirección en
cumplimiento de la información solicitada por la primera norma citada.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 19
del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y modicatoria y el Artículo
5° de la Resolución N° 9/2016 de la Secretaría de Ingresos Públicos;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR la Resolución Normativa Nº 1/2015 y
modicatorias, publicada en el Boletín Ocial de fecha 02-12-2015, de la
siguiente manera:
I.- INCORPORAR a continuación del Artículo 496 (8) los siguientes
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