Resolucion General Nº 19 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorEnte regulador de los servicios públicos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 100
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 20 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ARTÍCULO 2º: APRUÉBASE el incremento del 13,83% sobre la tota-
lidad de los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios con Subsidio
del Estado Nacional en vigencia al 31 de Octubre de 2015, aplicable a los
servicios prestados a partir del 1 de Abril de 2016, por las Cooperativas
detalladas en el Anexo II de la presente, pertenecientes al “Grupo B”, en vir-
tud de haber dado cumplimiento a idénticas exigencias que las impuestas
por el artículo 2º de la Resolución ERSeP Nº 2133 del 12 de Noviembre de
2014.
ARTÍCULO 3º: APRUÉBASE el incremento del 14,13% sobre la to-
talidad de los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios con Subsidio
del Estado Nacional en vigencia al 31 de Octubre de 2015, aplicable a los
servicios prestados a partir del 1 de Abril de 2016, por las Cooperativas
detalladas en el Anexo III de la presente, pertenecientes al “Grupo D”, en
virtud de haber dado cumplimiento a idénticas exigencias que las impues-
tas por el artículo 2º de la Resolución ERSeP Nº 2133 del 12 de Noviembre
de 2014.
ARTICULO 4º: APRUÉBASE el incremento del 14,50% sobre la to-
talidad de los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios con Subsidio
del Estado Nacional en vigencia al 31 de Octubre de 2015, aplicable a los
servicios prestados a partir del 1 de Abril de 2016, por las Cooperativas
detalladas en el Anexo IV de la presente, pertenecientes al “Grupo F”, en
virtud de haber dado cumplimiento a idénticas exigencias que las impues-
tas por el artículo 2º de la Resolución ERSeP Nº 2133 del 12 de Noviembre
de 2014.
ARTICULO 5º: ESTABLÉCESE que los cargos correspondientes a la
TARIFA Nº 9 – SERVICIO DE PEAJE, de la Estructura Tarifaria Única apro-
bada por Resolución General ERSeP Nº 17/2008, o sus equivalentes en
el caso de Cooperativas Concesionarias que no hubieran llevado a cabo
la adecuación de su Cuadro Tarifario conforme a lo dispuesto por dicha
norma, deberán calcularse acorde a la metodología descripta en los con-
siderandos de la Resolución General ERSeP Nº 14/2011, tomando como
referencia las tarifas para usuarios nales que surjan de la aplicación de
los artículos precedentes y las tarifas de compra respectivas.
ARTICULO 6º: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dése copia y publí-
quese en el Boletín Ocial de la Provincia.-
FDO: DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ,
VICEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / WALTER SCAVINO,
DIRECTOR / DR. FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR / DRA. MARÍA FER-
NANDA LEIVA, DIRECTOR
ANEXO: http://goo.gl/7ynWdP
Resolución General N° 19
Córdoba, 18 de Mayo de 2016
Y VISTO: El expediente N° 0521-006504/2005, en el que obra la Reso-
lución General ERSeP N° 03/2008, y sus modicatoria Resolución General
ERSeP N° 08/2012 aprobando las modicaciones al “Reglamento para la
adquisición y contratación de bienes y servicios del Ente Regulador de los
Servicios Públicos” –en adelante ERSeP-.
Que luce agregado en autos las actuaciones del Departamento de Admi-
nistración y Economía de este Organismo, de donde surge la necesidad de
implementar una serie de modicaciones.
Y CONSIDERANDO:
I) Que el “Reglamento para la adquisición y contratación de bienes y ser-
vicios del Ente Regulador de los Servicios Públicos”, se implementó en
base a la normativa que rige especícamente la materia, es decir la Ley
N° 10.155, -Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración
Pública Provincial -, y el Decreto Reglamentario N° 305/14.
Que con fecha 03 de mayo de 2016 el Departamento de Administración y
Economía eleva propuesta al Directorio propiciando distintas modicacio-
nes al Reglamento bajo estudio.
Que se propone la modicación del numeral 7, que bajo el acápite “Deter-
minación del Procedimiento de Selección del Proveedor según el Monto.
Autorización”, establece la escala a tener en cuenta para determinar los
distintos procedimientos de selección entre los que se comprende compra
directa, concurso de precios y licitación en base a una especíca cantidad
de índices cuyo valor resulta actualizado periódicamente por la Ley de Pre-
supuesto de la Provincia.
Que especícamente se propone que los procedimientos de selección se
determinen del siguiente modo: 1) compra directa: a) caja chica, hasta Ín-
dice 1 con autorización del Jefe del Área de Compras y Contrataciones; b)
con cotejo de dos (2) presupuestos, desde Índice 1 hasta Índice 3, con au-
torización Jefe del Área de Compras y Contrataciones; c) con cotejo de tres
(3) presupuestos, desde Índice 3 hasta Índice 10, con autorización del Jefe
de Dpto. de Administración y Economía; 2) concurso de precios: a) desde
Índice 10 hasta Índice 30, por Resolución del Presidente del Directorio; b)
desde Índice 30 hasta Índice 60, con Resolución del Directorio; 3) licitación:
más de Índice 60, con Resolución del Directorio.
Que las modicaciones propuestas aspiran a implementar un procedimien-
to con mayor agilidad, celeridad y eciencia en función de los distintos pro-
cedimientos implementados para las compras y contrataciones de bienes
y servicios de este Organismo.
II). Así las cosas, no se advierten obstáculos para modicar los puntos
en cuestión, toda vez que los términos y el alcance de la modicación
promovida en autos no implica menoscabo alguno a los principios de con-
currencia, igualdad y publicidad que deben orientar las contrataciones en
el ámbito público, a la vez que resulta similar a la normativa provincial que
rige la materia.
III) Que en virtud del art. 1° de la Resolución General ERSeP Número Uno
de fecha 8/05/2001 (modicada por Resolución General ERSeP Nº 06/04),
el Directorio del ERSeP “... dictará Resoluciones Generales en los casos de
disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operati-
vas, reglamentarias o interpretativas de la Ley de su creación o de los mar-
cos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública
bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación
general atinentes a su funcionamiento y organización ....
Por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los artícu-
los 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 - Carta del Ciudadano-, el Dictamen
Jurídico N° 05/2016 emitido por el Departamento de Asuntos Legales y la
Comisión de Preadjudicación incorporados al Expediente de la referencia,
el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚ-
BLICOS (E.R.Se.P.),

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